III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-13372)
Resolución de 1 de agosto de 2022, del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Barcelona y el Instituto Catalán de Finanzas, para la financiación de vivienda social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 116180

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el presente
convenio o en las leyes.
La resolución del Convenio deberá solicitarse por escrito y con un preaviso mínimo
de treinta días naturales y no afectará a las obligaciones legalmente contraídas por
ambas partes entre sí o frente a terceros.
Séptima. Modificación.
Para la modificación del presente Convenio se estará a lo dispuesto en el
artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Las disposiciones del presente Convenio podrán ser parcial o totalmente modificadas
por acuerdo expreso de las partes, para la mejor eficiencia y eficacia de su finalidad,
previo cumplimiento de los requisitos formales y legales necesarios para ello. Las
modificaciones acordadas, en su caso, se tramitarán como adenda al texto del Convenio.
La referida adenda habrá de seguir los trámites previstos en el artículo 50.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, y será eficaz una vez suscrita e inscrita, en el plazo de
cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Con
posterioridad será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez (10)
días hábiles desde su formalización.
Octava. Publicidad.
Las partes se comprometen a destacar en las actividades que realicen para la
difusión de las actuaciones previstas en el Convenio la colaboración prestada entre ellas,
así como a incorporar sus respectivos logotipos en los materiales que se produzcan y
utilicen para la publicidad o difusión de las actividades que pudieran ser realizadas.
Protección de datos de carácter personal.

El ICO informa de que los datos personales de los signatarios del presente Convenio,
así como de aquellas personas de las organizaciones que sean facilitadas como fruto del
presente Convenio, serán tratados por el ICO incorporándolosados a un fichero
automatizado titularidad del ICO, con la finalidad de facilitar la relación contractual. En
este sentido, el ICO informa a los signatarios de la posibilidad de ejercitar los derechos
en materia de protección de datos (acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación
del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas) mediante
petición escrita dirigida a la dirección del ICO; Paseo del Prado, 4; 28014 Madrid o al
email del DPO ICO: delegado.protecciondatos@ico.es,
En cuanto a los datos personales de los signatarios y datos de contactos del ICO, se
aplicará, lo dispuesto en el párrafo anterior, donde el mismo podrá ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y/o oposición.
El ICF informa de que los datos personales de los signatarios del presente Convenio
y, en su caso, de las personas que se indiquen al efecto de notificaciones, serán tratadas
con la finalidad de gestionar este Convenio, así como, cuando corresponda, para cumplir
con las obligaciones normativas impuestas a las partes intervinientes durante su
vigencia. Una vez finalizada la vigencia del Convenio, los datos serán conservados a los
únicos efectos de cumplir con las obligaciones legales requeridas para la formulación,
ejercicio o defensa de reclamaciones, durante el plazo de prescripción de las acciones
derivadas de este Convenio. El titular de los datos podrá ejercer sus derechos de
acuerdo con la normativa de aplicación a través del apartado de privacidad en la web del
ICF (www.icf.cat) o por correo electrónico a protecciodades@icf.cat.
Con respecto a los datos personales obtenidos de los beneficiarios de las ayudas, las
partes se obligan a cumplir la normativa vigente sobre protección de datos de carácter
personal, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre y Reglamento (UE) 2016/679 del

cve: BOE-A-2022-13372
Verificable en https://www.boe.es

Novena.