III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2022-13349)
Orden DEF/770/2022, de 21 de julio, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales, para la integración en la escala de oficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina mediante la forma de ingreso sin titulación previa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022
Disposición final segunda.

Sec. III. Pág. 115983

Entrada en vigor.

1. La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Los currículos que se aprueba en esta orden ministerial se implantarán a partir
del curso 2022-2023.
Madrid, 21 de julio de 2022.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
CURRÍCULOS DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES
PARA LA INTEGRACIÓN EN LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO GENERAL
DE LA ARMADA Y DEL CUERPO DE INFANTERÍA DE MARINA MEDIANTE
LA FORMA DE INGRESO SIN TITULACIÓN PREVIA
Artículo 1.

Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.

Los perfiles a alcanzar, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas,
es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, se clasifican en dos
principales:
a) Perfil de oficial de las Fuerzas Armadas, particularizado para la Armada y
común, por tanto, para los oficiales del Cuerpo General y del Cuerpo de Infantería de
Marina. Aglutina las competencias denominadas genéricas, cuya orientación es
garantizar que el futuro oficial es un militar adaptado al medio naval con una adecuada
capacidad de liderazgo, mando, disciplina, decisión, trabajo en equipo y compromiso
ético para el ejercicio de la profesión militar a bordo de buques de la Armada y de
unidades de Infantería de Marina.
b) Perfiles específicos para cada cuerpo. Son la suma de las competencias
específicas que habilitan al futuro oficial para desempeñar los cometidos asociados a su
primer empleo operativo en las unidades de la Armada, siendo estos perfiles los
siguientes:

c) Asimismo, se contemplan también las competencias específicas necesarias para
dirigir un destino en unidades de la Armada, como son las relativas a la gestión de los
mantenimientos, la instrucción y adiestramiento, y el liderazgo.
d) Finalmente, se incluyen los conocimientos y habilidades para potenciar la
capacitación digital en el desempeño de sus competencias genéricas y específicas en el
marco de la Transformación Digital del Ministerio de Defensa y de la Armada.

cve: BOE-A-2022-13349
Verificable en https://www.boe.es

1.º Perfil de oficial del Cuerpo General. Las competencias específicas deben
capacitarle para realizar funciones que le permitan contribuir y participar en los
principales controles de un buque de guerra (Control de Plataforma y Control de
Operaciones), así como ejercer los cometidos asociados a oficial de destino, Oficial de
Guardia en Puente, Oficial de Comandante de la Guardia en Puerto y Jefe del Trozo de
Seguridad Interior en los diferentes tipos de buques de la Flota.
2.º Perfil de oficial del Cuerpo de Infantería de Marina. Las competencias
específicas deben capacitarle para realizar funciones que le permitan contribuir y
participar como oficial de la Fuerza Expedicionaria y como oficial de la Fuerza de
Protección, así como ejercer el mando de una unidad tipo sección en los batallones de
fusiles del Tercio de Armada y ejercer los cometidos asociados a Oficial de la Guardia
Militar en bases e instalaciones y Jefe de Dispositivos de Seguridad en el ámbito de la
Fuerza de Protección.