III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2022-12227)
Resolución de 13 de julio de 2022, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de trabajos relacionados con la gestión sanitaria de la fauna silvestre en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 22 de julio de 2022

Sec. III. Pág. 105328

titularidad compartida entre estas tres instituciones, las cuales se encuentran
representadas en los órganos de gobierno del Instituto a través de la Comisión Rectora.
El IREC es el primer centro científico español dedicado a la investigación de diversos
aspectos relativos a la caza, participa activamente en el diseño de programas y
estrategias nacionales e internacionales de control sanitario de las infecciones
compartidas, así como en actividades de preparación frente a emergencias y actividades
de formación especializada en sanidad animal, y dispone de los medios humanos y
materiales para realizar las actividades técnicas objeto de este convenio de encomienda
de gestión.
Séptimo.
Que la realización de las actividades objeto de encomienda tiene una duración de
veinticuatro meses naturales, siendo oportuno prever, si las partes lo consideraran
necesario según convenio previo a la finalización de la encomienda, hasta dos años
adicionales de prórroga.
Octavo.
Que la partida presupuestaria 21.06.412D.640.08 resulta de aplicación a las
actividades descritas en las cláusulas del Convenio, tal y como se refleja en la «ficha de
descripción de líneas de acción y propuesta de programa» P202, página 4,
objetivo 1.4.1.
Noveno.
Que, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, esta encomienda se formaliza mediante Convenio.
En su virtud, ambas partes acuerdan la suscripción del presente convenio, de
conformidad y con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.

Segunda.

Actuaciones del IREC.

El IREC realizará las siguientes actuaciones:
– Realizar todos los trabajos de campo y gabinete, así como la recolección de toda
la información que resulte de los trabajos y el mantenimiento de las bases de datos
generadas con esta información.

cve: BOE-A-2022-12227
Verificable en https://www.boe.es

El objeto de este convenio de encomienda de gestión es la realización de actividades
para la mejora de la vigilancia epidemiológica de la fauna silvestre en España. Este
convenio de encomienda se produce al carecer el MAPA de los medios técnicos idóneos
para esta finalidad.
El encargo de las tareas incluidas no implica suplantación de los recursos humanos
del órgano administrativo. Las actividades objeto del convenio de encomienda se
realizarán en las instalaciones del IREC y en localizaciones de campo. Estos trabajos no
implicarán, en ningún caso, cesión de la titularidad de la competencia, siendo
responsabilidad del MAPA dictar cuantos actos o resoluciones sean necesarios para las
actividades objeto del convenio de encomienda de gestión.
El IREC realizará las actividades técnicas citadas según el Plan de Trabajo que se
recoge en el Anexo 2 del presente convenio de encomienda de gestión.