III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Productos petrolíferos. Operadores. (BOE-A-2022-11297)
Orden TED/643/2022, de 27 de junio, por la que se inhabilita para ejercer la actividad de operador al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos a Ran Gas & Oil, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Jueves 7 de julio de 2022

Sec. III. Pág. 96014

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11297

Orden TED/643/2022, de 27 de junio, por la que se inhabilita para ejercer la
actividad de operador al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos
a Ran Gas & Oil, SL.

El artículo 42.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos,
establece que podrán actuar como operadores al por mayor de productos petrolíferos
exclusivamente aquellas sociedades mercantiles que cumplan las condiciones para la
realización de la actividad que se establezcan reglamentariamente debiendo acreditar el
cumplimiento de dichas condiciones en caso de que les sea requerido por el actual
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico o por la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia (en adelante CNMC).
Asimismo, dicho artículo dispone que la CNMC publicará en su página web un listado
de operadores al por mayor de productos petrolíferos que incluirá a aquellas sociedades
que hayan comunicado al entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo, actual
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el ejercicio de esta
actividad.
Añade dicho artículo en su apartado 3 que: «En caso de que un operador al por
mayor de productos petrolíferos incumpla alguno de los requisitos exigidos para el
ejercicio de su actividad, el Ministro de Industria, Energía y Turismo (hoy Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico) podrá, previa la tramitación de un
procedimiento en el que se garantice la audiencia del interesado, declarar la extinción de
la habilitación para actuar como operador al por mayor de productos petrolíferos.
En el marco del citado procedimiento y en atención a las circunstancias que en cada
caso concurran, se podrán adoptar las medidas provisionales que sean necesarias para
asegurar la eficacia de la resolución, incluyendo la inhabilitación temporal de la
capacidad para actuar como operador al por mayor de productos petrolíferos.»
La empresa Ran Gas & Oil, SL, figura en el listado de operadores al por mayor de
productos petrolíferos publicado en la página web de la CNMC como inhabilitado
temporalmente desde el 3 de mayo de 2022.
Antecedentes

Con fecha 7 de marzo de 2022, la empresa Ran Gas & Oil, SL, remitió a la Dirección
General de Política Energética y Minas escrito en el que indican la obtención del CAE
(ES00014H4001B) como titular de fábrica de producción de biodiésel aportando la
documentación acreditativa de ello y solicitando la inscripción en el listado de operadores
al por mayor de productos petrolíferos publicado por la CNMC «a la mayor brevedad
posible» como continuación de su comunicación de inicio de actividad en enero de 2021.
Segundo.
Con fecha 21 de marzo de 2022 la Subdirección General de Hidrocarburos y Nuevos
Combustibles (SGHNC), en virtud del artículo 42 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del
sector de hidrocarburos, solicita a la empresa Ran Gas & Oil, SL, la acreditación de los
requisitos para poder ejercer la actividad de distribución al por mayor de productos
petrolíferos a fecha actualizada.

cve: BOE-A-2022-11297
Verificable en https://www.boe.es

Primero.