III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2022-11298)
Orden CUD/644/2022, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la internacionalización de las galerías de arte, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2022 y 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de julio de 2022
Sec. III. Pág. 96024
d) Comunicar por escrito al órgano concedente la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad en el momento en el que tengan
conocimiento de ese hecho con el fin de evitar la doble financiación.
3. Las actuaciones de comunicación relacionadas con la ejecución del Plan
incorporarán el logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del
Reino de España, en los términos que se comuniquen por la Autoridad Responsable.
En todo caso, se tomará en consideración lo dispuesto en el artículo 10 del Acuerdo
de Financiación entre la Comisión Europea y el Reino de España, por el que se concreta
el marco en relación con la publicación de información, visibilidad de la financiación de la
Unión y derecho de uso, en los términos que se recogen en los siguientes apartados.
Para el adecuado cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Acuerdo de
Financiación, en todos los proyectos y subproyectos que se desarrollen en ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia deberá exhibirse de forma correcta
y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada en la
que figure (traducida a las lenguas locales cuando proceda) «financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU"» junto al logo del PRTR, disponible en el link https://
planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Del mismo modo, todas las convocatorias, licitaciones, convenios y resto de instrumentos
jurídicos, que se desarrollen en este ámbito, deberán contener tanto en su encabezamiento
como en su cuerpo de desarrollo la siguiente referencia «Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU».
4. Todo proyecto financiado con estas ayudas podrá incorporar en la imagen
corporativa de la entidad beneficiaria el siguiente texto: «Gobierno de España, Ministerio
de Cultura y Deporte», con la incorporación del logotipo que permita identificar el origen
de la ayuda.
5. Los proyectos subvencionados podrán ser objeto de acciones de publicidad, difusión,
formación o comunicación por parte de la Subdirección General de Museos Estatales.
6. Asimismo, deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad que
las autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En particular, en las medidas de información y comunicación
de las actuaciones que desarrollan las inversiones (carteles informativos, placas,
publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e
inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU». Se recomienda emplear el siguiente logo:
c) Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados
establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. También se puede
consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm
y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://planderecuperacion.gob.es/
identidad-visual.
d) Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien
visible y de acceso al público.
7. A efectos de auditoría y control y en base a lo establecido en el artículo 22 del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, los
datos de los perceptores finales de estas ayudas serán públicos.
Este apartado será igualmente obligatorio para las entidades participantes o cobeneficiarios, en proyectos de cooperación, y para las entidades subcontratadas, en su caso.
cve: BOE-A-2022-11298
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 162
Jueves 7 de julio de 2022
Sec. III. Pág. 96024
d) Comunicar por escrito al órgano concedente la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad en el momento en el que tengan
conocimiento de ese hecho con el fin de evitar la doble financiación.
3. Las actuaciones de comunicación relacionadas con la ejecución del Plan
incorporarán el logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del
Reino de España, en los términos que se comuniquen por la Autoridad Responsable.
En todo caso, se tomará en consideración lo dispuesto en el artículo 10 del Acuerdo
de Financiación entre la Comisión Europea y el Reino de España, por el que se concreta
el marco en relación con la publicación de información, visibilidad de la financiación de la
Unión y derecho de uso, en los términos que se recogen en los siguientes apartados.
Para el adecuado cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Acuerdo de
Financiación, en todos los proyectos y subproyectos que se desarrollen en ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia deberá exhibirse de forma correcta
y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada en la
que figure (traducida a las lenguas locales cuando proceda) «financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU"» junto al logo del PRTR, disponible en el link https://
planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Del mismo modo, todas las convocatorias, licitaciones, convenios y resto de instrumentos
jurídicos, que se desarrollen en este ámbito, deberán contener tanto en su encabezamiento
como en su cuerpo de desarrollo la siguiente referencia «Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU».
4. Todo proyecto financiado con estas ayudas podrá incorporar en la imagen
corporativa de la entidad beneficiaria el siguiente texto: «Gobierno de España, Ministerio
de Cultura y Deporte», con la incorporación del logotipo que permita identificar el origen
de la ayuda.
5. Los proyectos subvencionados podrán ser objeto de acciones de publicidad, difusión,
formación o comunicación por parte de la Subdirección General de Museos Estatales.
6. Asimismo, deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad que
las autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En particular, en las medidas de información y comunicación
de las actuaciones que desarrollan las inversiones (carteles informativos, placas,
publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e
inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU». Se recomienda emplear el siguiente logo:
c) Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados
establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. También se puede
consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm
y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://planderecuperacion.gob.es/
identidad-visual.
d) Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien
visible y de acceso al público.
7. A efectos de auditoría y control y en base a lo establecido en el artículo 22 del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, los
datos de los perceptores finales de estas ayudas serán públicos.
Este apartado será igualmente obligatorio para las entidades participantes o cobeneficiarios, en proyectos de cooperación, y para las entidades subcontratadas, en su caso.
cve: BOE-A-2022-11298
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 162