I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Seguros agrarios combinados. Entidades de crédito. Servicios bancarios. (BOE-A-2022-10808)
Orden ETD/600/2022, de 29 de junio, por la que se complementa el sistema de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros para el cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados; y por la que se modifica la fecha de entrada en vigor de determinadas obligaciones de las entidades declarantes a la Central de Información de Riesgos del Banco de España establecidas en la Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente, y por la que se modifica la Orden ECO/697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Jueves 30 de junio de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Orden ETD/600/2022, de 29 de junio, por la que se complementa el sistema
de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros para el
cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados; y por la que se
modifica la fecha de entrada en vigor de determinadas obligaciones de las
entidades declarantes a la Central de Información de Riesgos del Banco de
España establecidas en la Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación
del crédito revolvente, y por la que se modifica la Orden ECO/697/2004, de
11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, la Orden
EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de
los servicios y productos bancarios y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de
octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 30 de noviembre de 2021, aprobó el
cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados, que será de aplicación
durante el ejercicio 2022. Dicho acuerdo dispone, en su apartado decimoquinto, que el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital establecerá el régimen de
reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros (en adelante, el
Consorcio). El régimen de reaseguro vigente es el aprobado por la Orden ECE/497/2019,
de 22 de abril, por la que se establece el sistema de reaseguro a cargo del Consorcio de
Compensación de Seguros para el cuadragésimo Plan de Seguros Agrarios
Combinados, modificada por la Orden ETD/492/2020, de 18 de mayo. El artículo 1 de la
Orden ECE/497/2019, de 22 de abril, prevé la prórroga automática de su aplicación para
ejercicios sucesivos.
En el conjunto de los últimos cinco años la siniestralidad del Seguro Agrario
Combinado ha alcanzado unos niveles elevados, reduciendo la reserva de estabilización
de las entidades aseguradoras privadas para los grupos de Líneas Experimentales
(grupo A) y Viables (grupo B), hasta un importe que puede afectar significativamente a la
estabilidad del modelo de cobertura del Seguro Agrario Combinado en nuestro país.
Ello exige instrumentar medidas de refuerzo mediante una segunda capa de
reaseguro, que complemente al reaseguro actualmente vigente con el Consorcio y otros
programas de reaseguro privados. Esta segunda capa de cobertura contribuirá a
preservar la sostenibilidad económica del modelo de cobertura de riesgos, evitando que
la estabilidad del sistema se alcance a través del desplazamiento del incremento del
coste del seguro a los tomadores de los seguros, que son los agricultores y ganaderos.
La necesidad de conocer los factores que han influido en el incremento de la
siniestralidad por eventos meteorológicos, y comprobar si a lo largo del tiempo se
suavizan, justifica el carácter complementario y temporal de esta medida, que contribuye
a estabilizar a corto plazo el modelo de cobertura del Seguro Agrario Combinado,
dejando para un futuro la decisión de posibles medidas estructurales del aseguramiento
de la actividad agraria en nuestro país.
Por todo ello, en los últimos meses la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación y la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) han venido
trabajando junto a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y al
Consorcio, en la definición de medidas complementarias de protección para el Seguro
Agrario Combinado. En todo momento estos trabajos han tenido como objetivo último
preservar los intereses de los agricultores y ganaderos, evitando un incremento del coste
del seguro derivado del aumento de la siniestralidad en los últimos ejercicios. Se

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