V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2022-21128)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Alas Capital 5, S.L., autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación Planta Solar Fotovoltaica Los Santos I y II, de 8 MW, en el término municipal de Agüimes en la isla de Gran Canaria (ER180055).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de junio de 2022

Sec. V-B. Pág. 31817

Canarias puede decidir, en caso de disconformidad con el planeamiento o
ausencia de éste, la ejecución de los proyectos, los términos de su ejecución, en
su caso, y ordenar el inicio del procedimiento de modificación o revisión del
planeamiento territorial o urbanístico. Los competentes para indicar la conformidad
con el planeamiento son las administraciones locales afectadas. En el marco de las
competencias que asigna la Ley 4/2017 a esta Dirección General, y una vez
analizada la documentación remitida al efecto, se procede a informar consultando
la información de la IDEcanarias que se produce afección a suelo rústico de
protección ambiental o categoría equivalente según la disposición transitoria
tercera de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del suelo y de los Espacios Naturales
Protegidos de Canarias, afectando a un Suelo Rústico de Protección Paisajística 1.
Las construcciones del proyecto, el carácter aislado de los componentes de la
instalación. no contravienen de forma manifiesta parámetros básicos de
ordenación territorial, ni de los recursos naturales o urbanísticos, pero resulta
impredecible la alteración de las perspectivas paisajísticas de la zona por la
implantación de los paneles solares, incumpliendo el art.58.1.a) de la Ley 4/2017
de suelo y ENP de Canarias. Además, se estima pertinente atender los reparos
que pudiera recoger el Informe del Cabildo al respecto de la afección al corredor
viario de media capacidad previsto en la ficha B1.4-1 del PIOGC´03.
En fecha 26/05/2022 el promotor contesta al informe de la Dirección General
de Ordenación del Territorio y Aguas, manifestando sobre el proyecto, que
teniendo en cuenta las características de la planta fotovoltaica, así como su
ubicación, se puede afirmar que su implantación no alterará, en ninguna medida, la
perspectiva paisajística del entorno, al quedar, la mayor parte de estos paneles,
ocultos por las instalaciones próximas de mucho mayor tamaño y que además han
obtenido DIA favorable, teniendo un impacto visual muchísimo mayor. El promotor
realiza un análisis del impacto visual de la Planta Fotovoltaica Los Santos I y II.
Para determinar el grado de visibilidad de los paneles fotovoltaicos, se identifican
las principales poblaciones y carreteras cercanas a la zona de estudio. Como
núcleo poblado más cercano, se identifica el Barrio de La Goleta, situado al este de
la planta fotovoltaica. Las carreteras más próximas son, la Crta. a La Goleta, la
GC-100 y la GC-104. Respecto a la descripción del paisaje en la zona de estudio,
se observa que la calidad del paisaje es baja, ya que carece de masas vegetales,
está altamente antropizada y cuenta con grandes infraestructuras, tendidos
eléctricos, tendidos telefónicos, naves industriales, aerogeneradores, etc. Por otro
lado, no existen en la cercanía bienes de interés cultural, ni espacios protegidos
sobre los que, la incorporación de los paneles fotovoltaicos, pueda producir una
afección visual. En conclusión, la implantación de paneles fotovoltaicos en la zona
donde se ha proyectado la Planta Fotovoltaica Los Santos I y II, no alterarían las
perspectivas paisajísticas de la zona, y por lo tanto, el proyecto cumple con lo
establecido en el art.58.1.a) de la Ley 4/2017 de suelo y ENP de Canarias.
CUARTO.- De la utilidad pública y su justificación.
4.1. El procedimiento establecido para la declaración en concreto de utilidad
pública viene desarrollado en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
señalando los artículos 140 y siguientes las exigencias procedimentales del mismo,
entre las que se puede citar la documentación que se ha de acompañar a la
solicitud de declaración en concreto de utilidad pública, los trámites de información
pública y de alegaciones y de información a otras Administraciones Públicas.
La solicitud de declaración en concreto de utilidad pública, se ha efectuado
simultáneamente al trámite del procedimiento de autorización de la instalación,

cve: BOE-B-2022-21128
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Núm. 154