III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-10737)
Resolución de 17 de junio de 2022, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con el Festival Internacional de Cine de San Sebastián, para impulsar y reconocer los valores de la cooperación al desarrollo en proyectos cinematográficos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 91027
e. Disponer de los siguientes espacios para la inserción de información publicitaria
de la AECID en:
– Una (1) página a color en el Catálogo Oficial del Festival, que incluye información
completa sobre todas las secciones del Festival y que se reparte entre todos los
acreditados (tirada de 4.000 ejemplares).
– Media página en dos (2) de los números del «Diario Oficial del Festival», una de las
publicaciones más populares en formato de periódico y con una distribución gratuita en
diferentes espacios de la ciudad como salas de cine, zona de taquillas, hoteles, puntos
de información, etc.
El diseño de esta información publicitaria correrá de cargo exclusivo de la AECID,
quien deberá facilitar sus anuncios en las fechas indicadas por el Festival en condiciones
aptas para su ampliación y posterior impresión. El Festival indicara las fechas en las que
la AECID debe facilitar sus anuncios con al menos un mes de antelación para que
la AECID pueda cumplir con sus compromisos.
La AECID queda advertida de que la observancia de dicho plazo es esencial para el
Festival, por lo que su incumplimiento sería susceptible de imposibilitar la difusión de
todo el material publicitario que sea entregado con posterioridad.
Los derechos cedidos de acuerdo con este convenio no autorizan la difusión,
promoción, producción, venta o utilización de anuncios, campañas, artículos o soportes
realizados sin sometimiento pleno a las leyes, reglamentos y demás normas aplicables al
caso, o que puedan lesionar la imagen del Festival, de la AECID o de sus restantes
patrocinadores y colaboradores.
Financiación.
La AECID se compromete a satisfacer al Festival la cantidad total anual de 30.000
euros (treinta mil euros) incluyendo este importe todos los impuestos que sean
aplicables. Aplicación presupuestaria 12.302.05.143A 226.06.
La citada suma será satisfecha por la AECID, mediante transferencia bancaria, en un
solo pago por valor de 30.000 euros (treinta mil euros). Se realizará tras la finalización de
la edición del Festival de cada año mientras esté en vigor el convenio.
Para la realización de este abono se aportará con carácter previo por parte del
Festival una factura con el concepto «Colaboración AECID Convenio Edición Festival de
San Sebastián Año» para cubrir parte de los gastos asumidos por el Festival en relación
con las actividades contempladas en ese convenio, así como por el derecho de ser
Colaborador del Festival y Patrocinador del Premio de la Cooperación Española.
A la factura se acompañará un informe sobre la totalidad de los gastos incurridos
asociados a las actividades contempladas en este convenio para la edición anual del
Festival, así como prueba de la visibilidad de la AECID, para valoración de la
colaboración.
La aportación anual de la contribución de la AECID se supeditará a las
disponibilidades presupuestarias y a los límites de los escenarios presupuestarios
plurianuales.
La aportación de la organización del Festival para la realización de este premio será
de un importe aproximado de 44.860 euros (cuarenta y cuatro mil ochocientos sesenta
euros) por cada edición anual, en concepto de cesión de los concretos espacios
publicitarios previstos en el presente acuerdo en las condiciones que para cada caso se
determinan.
Quinta. Indemnización ante la resolución del convenio por el incumplimiento de sus
obligaciones y compromisos.
Si el Festival incumpliere el presente convenio, la AECID podrá exigir la restitución o
reducción proporcional de su aportación, según los casos. Si el incumplimiento fuere
imputable a la AECID, esta vendrá obligada a indemnizar al Festival y a satisfacerle
cve: BOE-A-2022-10737
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 91027
e. Disponer de los siguientes espacios para la inserción de información publicitaria
de la AECID en:
– Una (1) página a color en el Catálogo Oficial del Festival, que incluye información
completa sobre todas las secciones del Festival y que se reparte entre todos los
acreditados (tirada de 4.000 ejemplares).
– Media página en dos (2) de los números del «Diario Oficial del Festival», una de las
publicaciones más populares en formato de periódico y con una distribución gratuita en
diferentes espacios de la ciudad como salas de cine, zona de taquillas, hoteles, puntos
de información, etc.
El diseño de esta información publicitaria correrá de cargo exclusivo de la AECID,
quien deberá facilitar sus anuncios en las fechas indicadas por el Festival en condiciones
aptas para su ampliación y posterior impresión. El Festival indicara las fechas en las que
la AECID debe facilitar sus anuncios con al menos un mes de antelación para que
la AECID pueda cumplir con sus compromisos.
La AECID queda advertida de que la observancia de dicho plazo es esencial para el
Festival, por lo que su incumplimiento sería susceptible de imposibilitar la difusión de
todo el material publicitario que sea entregado con posterioridad.
Los derechos cedidos de acuerdo con este convenio no autorizan la difusión,
promoción, producción, venta o utilización de anuncios, campañas, artículos o soportes
realizados sin sometimiento pleno a las leyes, reglamentos y demás normas aplicables al
caso, o que puedan lesionar la imagen del Festival, de la AECID o de sus restantes
patrocinadores y colaboradores.
Financiación.
La AECID se compromete a satisfacer al Festival la cantidad total anual de 30.000
euros (treinta mil euros) incluyendo este importe todos los impuestos que sean
aplicables. Aplicación presupuestaria 12.302.05.143A 226.06.
La citada suma será satisfecha por la AECID, mediante transferencia bancaria, en un
solo pago por valor de 30.000 euros (treinta mil euros). Se realizará tras la finalización de
la edición del Festival de cada año mientras esté en vigor el convenio.
Para la realización de este abono se aportará con carácter previo por parte del
Festival una factura con el concepto «Colaboración AECID Convenio Edición Festival de
San Sebastián Año» para cubrir parte de los gastos asumidos por el Festival en relación
con las actividades contempladas en ese convenio, así como por el derecho de ser
Colaborador del Festival y Patrocinador del Premio de la Cooperación Española.
A la factura se acompañará un informe sobre la totalidad de los gastos incurridos
asociados a las actividades contempladas en este convenio para la edición anual del
Festival, así como prueba de la visibilidad de la AECID, para valoración de la
colaboración.
La aportación anual de la contribución de la AECID se supeditará a las
disponibilidades presupuestarias y a los límites de los escenarios presupuestarios
plurianuales.
La aportación de la organización del Festival para la realización de este premio será
de un importe aproximado de 44.860 euros (cuarenta y cuatro mil ochocientos sesenta
euros) por cada edición anual, en concepto de cesión de los concretos espacios
publicitarios previstos en el presente acuerdo en las condiciones que para cada caso se
determinan.
Quinta. Indemnización ante la resolución del convenio por el incumplimiento de sus
obligaciones y compromisos.
Si el Festival incumpliere el presente convenio, la AECID podrá exigir la restitución o
reducción proporcional de su aportación, según los casos. Si el incumplimiento fuere
imputable a la AECID, esta vendrá obligada a indemnizar al Festival y a satisfacerle
cve: BOE-A-2022-10737
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.