II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de la Guardia Civil. (BOE-A-2022-10700)
Resolución 160/38262/2022, de 24 de junio, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 90852
cualidades necesarias para superar el período académico y poder desempeñar los
cometidos y responsabilidades que le sean encomendados con su incorporación a la
Escala de Cabos y Guardias.
El Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se
seguirán para valorar las competencias y cualidades siguientes:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
Adecuación a normas y código de conducta.
Responsabilidad/ madurez.
Espíritu de sacrificio y abnegación.
Autocontrol.
Habilidades sociales y de comunicación.
Adaptación.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada prueba en único llamamiento. La
no presentación del aspirante a una prueba o ejercicio en el momento en el que el
Presidente del Tribunal de Selección declare el inicio para cada uno de los turnos que
puedan establecerse del mismo, supondrá la exclusión del proceso de selección, sea
cual fuere la causa que al respecto pueda alegarse, salvo en lo establecido en el
Capitulo V del Reglamento de ordenación de la enseñanza de la Guardia Civil. No
obstante, en el caso de que existiera más de un día para cada prueba, el Tribunal de
Selección podrá autorizar el cambio de día o tanda a los aspirantes que lo soliciten por
causas justificadas antes del inicio de las mismas.
Una vez el admitido a las pruebas selectivas tome parte en la primera, junto con los
convocados para ese día, deberá efectuar, sucesivamente y en el orden en que se haya
establecido, la totalidad de las mismas para esa fecha, y si por cualquier circunstancia no
continuara realizando alguna de ellas o no lograse superarla, será excluido del proceso
selectivo.
No obstante, cuando por problemas técnicos u otra causa de fuerza mayor, no pueda
determinarse de manera fehaciente el resultado de cualquiera de las pruebas, el Tribunal
de Selección conforme a la base 4.5, dispondrá la repetición de la prueba en concreto
por todos los afectados, tras dejar transcurrir, en el caso de que se trate de ejercicios
físicos, un tiempo suficiente para permitir la recuperación del aspirante.
6.3 Las aspirantes admitidas al proceso de selección para el acceso a la
enseñanza de formación de la Escala de Cabos y Guardias, que acrediten ante el
Presidente del Tribunal de Selección mediante informe médico oficial que se encuentren
en alguna de las situaciones establecidas en el Reglamento de ordenación de la
enseñanza de la Guardia Civil, que le permitan acogerse a las medidas de protección
previstas en su Capítulo V, realizarán las pruebas físicas conforme a lo estipulado en la
citada norma. La fecha alternativa para realizar dichas pruebas será fijada por el Tribunal
cve: BOE-A-2022-10700
Verificable en https://www.boe.es
La prueba de entrevista personal se constituye en prueba independiente del resto.
Con anterioridad a su realización se cumplimentará un cuestionario de información
biográfica (BIODATA) el cual no tendrá carácter puntuable, sirviendo, únicamente, como
elemento de apoyo para la realización de la misma, del mismo modo que el informe de
vida laboral y/o, en el caso del personal militar, Hoja General de Servicios, que se
deberán aportar en la fecha de citación para la ejecución de la entrevista.
Los datos obtenidos en la prueba psicotécnica podrán ser utilizados
instrumentalmente en la valoración de la entrevista personal. En ningún caso el resultado
de la entrevista personal vendrá condicionado o vinculado de modo exclusivo al perfil de
personalidad, ya que constituye un elemento previo para que el Tribunal pueda orientar,
si lo estima conveniente, el contenido de la misma.
6.1.5 Reconocimiento médico: Consistirá en un examen médico realizado por los
facultativos designados al efecto con la finalidad de comprobar la adecuación de los
aspirantes a las exigencias establecidas en el cuadro médico de exclusiones del Anexo I
de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, modificada por la Orden PCM/521/2021,
de 27 de mayo.
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 90852
cualidades necesarias para superar el período académico y poder desempeñar los
cometidos y responsabilidades que le sean encomendados con su incorporación a la
Escala de Cabos y Guardias.
El Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se
seguirán para valorar las competencias y cualidades siguientes:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
Adecuación a normas y código de conducta.
Responsabilidad/ madurez.
Espíritu de sacrificio y abnegación.
Autocontrol.
Habilidades sociales y de comunicación.
Adaptación.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada prueba en único llamamiento. La
no presentación del aspirante a una prueba o ejercicio en el momento en el que el
Presidente del Tribunal de Selección declare el inicio para cada uno de los turnos que
puedan establecerse del mismo, supondrá la exclusión del proceso de selección, sea
cual fuere la causa que al respecto pueda alegarse, salvo en lo establecido en el
Capitulo V del Reglamento de ordenación de la enseñanza de la Guardia Civil. No
obstante, en el caso de que existiera más de un día para cada prueba, el Tribunal de
Selección podrá autorizar el cambio de día o tanda a los aspirantes que lo soliciten por
causas justificadas antes del inicio de las mismas.
Una vez el admitido a las pruebas selectivas tome parte en la primera, junto con los
convocados para ese día, deberá efectuar, sucesivamente y en el orden en que se haya
establecido, la totalidad de las mismas para esa fecha, y si por cualquier circunstancia no
continuara realizando alguna de ellas o no lograse superarla, será excluido del proceso
selectivo.
No obstante, cuando por problemas técnicos u otra causa de fuerza mayor, no pueda
determinarse de manera fehaciente el resultado de cualquiera de las pruebas, el Tribunal
de Selección conforme a la base 4.5, dispondrá la repetición de la prueba en concreto
por todos los afectados, tras dejar transcurrir, en el caso de que se trate de ejercicios
físicos, un tiempo suficiente para permitir la recuperación del aspirante.
6.3 Las aspirantes admitidas al proceso de selección para el acceso a la
enseñanza de formación de la Escala de Cabos y Guardias, que acrediten ante el
Presidente del Tribunal de Selección mediante informe médico oficial que se encuentren
en alguna de las situaciones establecidas en el Reglamento de ordenación de la
enseñanza de la Guardia Civil, que le permitan acogerse a las medidas de protección
previstas en su Capítulo V, realizarán las pruebas físicas conforme a lo estipulado en la
citada norma. La fecha alternativa para realizar dichas pruebas será fijada por el Tribunal
cve: BOE-A-2022-10700
Verificable en https://www.boe.es
La prueba de entrevista personal se constituye en prueba independiente del resto.
Con anterioridad a su realización se cumplimentará un cuestionario de información
biográfica (BIODATA) el cual no tendrá carácter puntuable, sirviendo, únicamente, como
elemento de apoyo para la realización de la misma, del mismo modo que el informe de
vida laboral y/o, en el caso del personal militar, Hoja General de Servicios, que se
deberán aportar en la fecha de citación para la ejecución de la entrevista.
Los datos obtenidos en la prueba psicotécnica podrán ser utilizados
instrumentalmente en la valoración de la entrevista personal. En ningún caso el resultado
de la entrevista personal vendrá condicionado o vinculado de modo exclusivo al perfil de
personalidad, ya que constituye un elemento previo para que el Tribunal pueda orientar,
si lo estima conveniente, el contenido de la misma.
6.1.5 Reconocimiento médico: Consistirá en un examen médico realizado por los
facultativos designados al efecto con la finalidad de comprobar la adecuación de los
aspirantes a las exigencias establecidas en el cuadro médico de exclusiones del Anexo I
de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, modificada por la Orden PCM/521/2021,
de 27 de mayo.