I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Violencia de género. (BOE-A-2022-10676)
Real Decreto 503/2022, de 27 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre, por el que se actualizan las cuantías, los criterios y el procedimiento de distribución de las transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Martes 28 de junio de 2022

Sec. I. Pág. 90757

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE IGUALDAD
10676

Real Decreto 503/2022, de 27 de junio, por el que se modifica el Real
Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre, por el que se actualizan las
cuantías, los criterios y el procedimiento de distribución de las transferencias
para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las
entidades locales en el Pacto de Estado en materia de violencia de género.

El Pacto de Estado en materia de violencia de género, integrado por el Informe de la
Subcomisión para un Pacto de Estado en materia de violencia de género y el Informe de
la Ponencia de Estudio para la elaboración de estrategias contra la violencia de género,
aprobados en los Plenos del Congreso de los Diputados, el 13 de septiembre de 2017, y
del Senado, el 28 de septiembre siguiente, recoge en su Eje 9 un compromiso
económico para que en los Presupuestos Generales del Estado se destinen, vía
transferencia a los ayuntamientos con carácter condicionado, un incremento anual de
veinte millones de euros durante los próximos cinco ejercicios. Por su parte, el Acuerdo
político suscrito por la mayoría de los grupos políticos el 25 de noviembre de 2021 insta
a hacer permanente la obligación de dotar de una financiación pública estable, suficiente
y adecuada, para sostener las actuaciones dirigidas a prevenir la violencia contra las
mujeres, mejorar su detección y asegurar una respuesta integral y especializada a las
víctimas por parte de las administraciones públicas competentes, entre ellas las
entidades locales.
En aras de garantizar el desarrollo de las medidas del Pacto de Estado por parte de
las entidades locales, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, incluyó crédito para transferencias para el desarrollo de nuevas
o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado, por
un importe de veinte millones de euros. Además, la disposición final sexta de la citada
Ley 6/2018, de 3 de julio, relativa al cumplimiento del Pacto de Estado, dispone que los
Presupuestos Generales del Estado destinarán, vía transferencias finalistas a los
ayuntamientos, un incremento de veinte millones de euros para las nuevas o ampliadas
competencias reservadas a los ayuntamientos dentro del Pacto de Estado.
Por su parte, el Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para
el desarrollo del Pacto de Estado en materia de violencia de género, convalidado por el
Acuerdo del Congreso de los Diputados de 13 de septiembre de 2018, acomete, en la
disposición final primera, la modificación del artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, para que la administración local pueda
llevar a cabo actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así
como contra la violencia de género. Por otra parte, su disposición final tercera regula la
distribución de los fondos destinados al cumplimiento del Pacto de Estado. El apartado 3
de esta disposición final tercera habilita al Gobierno para que, por real decreto del
Consejo de Ministros, modifique las cuantías a distribuir, los criterios y el procedimiento
de distribución.
En uso de esta habilitación se aprobó el Real Decreto 1023/2020, de 17 de
noviembre, por el que se actualizan las cuantías, los criterios y el procedimiento de
distribución de las transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias
reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado en materia de violencia de
género. Esta norma se aprobó con un escenario presupuestario distinto al actual, y la
situación en la que se aprobaron los criterios de reparto de los fondos destinados a los
municipios se ha visto modificada en el tiempo transcurrido desde su entrada en vigor.

cve: BOE-A-2022-10676
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