I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-10674)
Real Decreto 501/2022, de 27 de junio, por el que se regula la concesión directa de una subvención al municipio de Tortosa para apoyar la organización del Terres Travel Festival-Films & Creativity, certamen internacional del audiovisual turístico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Martes 28 de junio de 2022

Sec. I. Pág. 90709

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante declaración responsable, el requisito de
estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del
Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones, así como de hallarse al
corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones previamente percibidas,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 del citado Reglamento. La entidad
beneficiaria podrá autorizar al órgano concedente para que obtenga de forma directa la
acreditación de la circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con
la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos, en cuyo caso, no deberá
aportar las correspondientes certificaciones. No obstante, la entidad beneficiaria podrá
denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones
correspondientes. En el caso del cumplimiento de las obligaciones de reintegro, su
acreditación ha de realizarse mediante declaración responsable, según dispone el
artículo 25 del Reglamento General de Subvenciones.
Artículo 6. Actuaciones a financiar y gastos subvencionables.
1.

Se financiarán las siguientes actuaciones:

Los gastos subvencionables de alojamiento y manutención previstos en las
actuaciones a realizar no superarán la cuantía de las indemnizaciones que, para el
Grupo Primero, fija el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio, salvo por motivos excepcionales debidamente justificados a
criterio de la Secretaría de Estado de Turismo. Igualmente, los desplazamientos deberán
ser en clase turista o equivalente, salvo por motivos excepcionales debidamente
justificados a criterio de la Secretaría de Estado de Turismo.
2. Se entenderán como gastos subvencionables todos aquellos que de manera
indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, se destinen a
alcanzar el objetivo y resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo
establecido, y que se fijarán en la resolución.
3. La subvención regulada en este real decreto se financiará con cargo al
presupuesto de la Secretaría de Estado de Turismo y detallará las actuaciones a
desarrollar que serán objeto de subvención, así como las condiciones y compromisos,
que, en todo caso, deberán cumplir con la normativa de las ayudas de Estado aprobadas
por la Unión Europea.
4. Con carácter previo al pago de la subvención se aportará, a través de la sede
electrónica asociada del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, un presupuesto
detallado con desglose de los costes que impliquen las acciones que se vayan a realizar,
así como su distribución temporal y financiación.
5. El plazo de ejecución de las actuaciones será desde el 1 de enero de 2022 al 30
de abril de 2023.

cve: BOE-A-2022-10674
Verificable en https://www.boe.es

a) Dirección artística y técnica del festival.
b) Producción del Congreso Terres LAB-Congreso sobre Audiovisual, Paisaje y
Turismo.
c) Producción de la gala de entrega de trofeos del festival.
d) Producción y montaje técnico de las proyecciones (entre otras, montaje técnico,
sonido, y audiovisual).
e) Producción de la comunicación gráfica y audiovisual del festival y creación de
contenidos de promoción (incluida la actualización de contenidos de las webs
www.terresfestival.com y www.terreslab.com).
f) Ejecución de acciones de comunicación del festival.
g) Acciones de dinamización (entre otras, participación de comercios, escuelas o
institutos).
h) Desplazamientos, dietas y alojamientos de los participantes invitados y
miembros del jurado.