V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-21117)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre aprobación provisional del proyecto de trazado y orden de incoación del expediente de información pública del proyecto: "Duplicación N-340 a su paso por Oropesa. 1ª Fase: acondicionamiento y reordenación de accesos." Provincia de Castellón. Clave 23-CS-5660.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Martes 28 de junio de 2022

Sec. V-B. Pág. 31779

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

21117

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad
Vale nciana sobre aprobación provisional de l proye cto de trazado y
orden de incoación del expediente de información pública del proyecto:
"Duplicación N-340 a su paso por Oropesa. 1ª Fase: acondicionamiento
y reordenación de accesos." Provincia de Castellón. Clave 23-CS-5660.

El Director General de Carreteras, mediante Resolución de 29 de abril de 2022,
en uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento
General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre,
ha resuelto:
1. Aprobar provisionalmente el proyecto de trazado "Duplicación N-340 a su
paso por Oropesa. 1ª Fase: acondicionamiento y reordenación de accesos",
redactado con fecha diciembre de 2021, con las siguientes prescripciones a
cumplimentar en el proyecto de construcción:
a. Se deberán tener en cuenta las indicaciones de la Orden FOM/3317/2010,
de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre medidas
específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de
infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.
b. Se deberá proseguir la tramitación de los proyectos de reposición de
servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de
servicios en los proyectos de obras" de 7 de marzo de 1994.
c. Se deberá recabar informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar, en el
que se validen los criterios empleados, así como tener en cuenta las
observaciones que ésta formule.
2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, por lo que el presente
trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.

▪ El artículo 12.6 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
carreteras, modificada por Real Decreto-Ley 18/2018, de 8 de noviembre, y
concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre. Las alegaciones solamente se podrán tener en consideración si
versan sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de
la carretera o sobre la concepción global de su trazado.
▪ Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de

cve: BOE-B-2022-21117
Verificable en https://www.boe.es

3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad
Valenciana, se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información
Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de
cuanto establece la Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias
para tramitación de proyectos, así como: