III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-10653)
Resolución de 6 de junio de 2022, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, para la digitalización de una colección de prensa histórica conservada en la Hemeroteca Municipal de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 27 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 90549

derechos de reproducción y comunicación pública en el primero de estos casos o sin
recabar derecho alguno, en el segundo.
2. El Ayuntamiento de Madrid autoriza al Ministerio de Cultura y Deporte a
digitalizar la colección de prensa histórica objeto de este convenio conservada en la
Hemeroteca Municipal de Madrid.
3. El recurso digital generado mediante la digitalización de la colección de prensa
histórica objeto de este convenio está protegida conforme a los artículos 12, 128 y 129
del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
4. El Ministerio de Cultura y Deporte generará dos copias del recurso digital
mencionado en el número anterior.
Una de estas copias quedará en propiedad del Ministerio de Cultura y Deporte, que será
titular de sus derechos de explotación y propiedad intelectual, conforme a los artículos 17 y
siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. El Ministerio de Cultura y Deporte podrá
realizar, permanentemente y en todos los países del mundo, los actos de reproducción,
distribución, comunicación pública y transformación que estime convenientes de esta copia
en cualquiera de las modalidades de explotación existentes y conocidas al día de la fecha,
todo ello sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual de los contenidos afectados
por estos usos, en aplicación de la legislación de Propiedad Intelectual. En particular, el
Ministerio de Cultura y Deporte podrá difundir dicho recurso digital por cualquier medio y en el
marco de cualquier proyecto, actuación o iniciativa de cualquier clase que adopte para el
cumplimiento de los fines que tiene encomendados, y podrá autorizar la reproducción de
imágenes sueltas del recurso digital generado a terceros, para su utilización en publicaciones,
exposiciones y demás actividades de tipo educativo, científico o cultural.
La segunda copia será entregada al Ayuntamiento de Madrid, que será titular de los
derechos de explotación y propiedad intelectual sobre ella, conforme a los artículos 17 y
siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. El Ayuntamiento de Madrid
podrá realizar, permanentemente y en todos los países del mundo, los actos de reproducción,
distribución, comunicación pública y transformación que estime convenientes de esta
segunda copia digital en cualquiera de las modalidades de explotación existentes y conocidas
al día de la fecha, así como autorizar a terceros a realizar todas estas operaciones, todo ello
sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual de los contenidos afectados por estos
usos, en aplicación de la legislación de Propiedad Intelectual. En particular el Ayuntamiento
de Madrid podrá difundir dicho recurso digital por cualquier medio y en el marco de cualquier
proyecto, actuación o iniciativa de cualquier clase que adopte para el cumplimiento de los
fines que tiene encomendados.
Tercera.

Obligaciones del Ayuntamiento de Madrid.

Cuarta.
1.

Obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte.
Son obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte:

a) Digitalizar (mediante el escaneo y tratamiento bibliográfico) la colección de
prensa histórica objeto de este convenio.
b) Los trabajos de digitalización a los que se refiere el número anterior se realizarán
conforme a la normativa técnica y demás recomendaciones de organismos nacionales e
internacionales que se vienen aplicando por dicho departamento ministerial. En concreto, se

cve: BOE-A-2022-10653
Verificable en https://www.boe.es

1. El Ayuntamiento de Madrid se compromete a facilitar el acceso al Ministerio de
Cultura y Deporte a los ejemplares que conserva de la colección de prensa histórica
objeto de este convenio para que se proceda a su digitalización una vez el convenio sea
plenamente eficaz conforme a lo dispuesto en la cláusula sexta.
2. El incumplimiento de esta obligación tendrá como consecuencia la resolución del
convenio conforme a lo previsto en el apartado 3.1.c) de la cláusula quinta.