III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-10657)
Resolución de 20 de junio de 2022, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Grupo de Comunicación Promecal, SLU, para la digitalización de una colección de prensa en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90581
Séptima. Financiación.
Los trabajos de digitalización objeto de este convenio se llevan a cabo en el marco
de dos contratos de servicios de digitalización de colecciones de instituciones públicas y
privadas que licita el Ministerio de Cultura y Deporte.
El primero de estos contratos, que se imputa a la aplicación
presupuestaria 24.50.03.330A.684, código de proyecto 2021 24 50 0005 (Digitalización y
patrimonio. MRR-UE) del presupuesto de este ministerio para los años 2022 y 2023, se
financia con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021 sobre la base de
la propuesta aprobada por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021.
El segundo de estos contratos es un contrato de servicios de digitalización de
colecciones de instituciones públicas y privadas que lícita, por encargo de la
Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria, la sociedad mercantil Tragsatec,
entidad que forma parte de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y
del Sector Público Institucional. Este segundo contrato de digitalización se imputa a la
aplicación presupuestaria 24.50.03.33XC.694, código de proyecto 2021 24 50 0005
(Digitalización y patrimonio. MRR-UE) del presupuesto de este ministerio para los
años 2022 y 2023, y también se financia con fondos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros
de 13 de julio de 2021 sobre la base de la propuesta aprobada por la Comisión Europea
el 16 de junio de 2021.
El valor estimado de los trabajos de digitalización que son el objeto concreto de este
convenio es de 1.065.090,91 euros sin IVA (1.288.760,00 euros, IVA incluido).
Los trabajos de digitalización objeto de este convenio no suponen un coste para el
Grupo de Comunicación Promecal SAU No hay contraprestaciones económicas entre las
partes suscriptoras del convenio.
Octava.
Mecanismo de seguimiento y vigilancia. Memoria final.
Novena.
Interpretación y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico
aplicable el establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar (artículos 47 y siguientes)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
cve: BOE-A-2022-10657
Verificable en https://www.boe.es
1. Un mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del convenio
resolverá los problemas de interpretación que pudieran plantearse y controlará su
ejecución. Este mecanismo constará de cuatro miembros nombrados a partes iguales
por las personas que suscriben el convenio. La representación del Ministerio de Cultura y
Deporte estará integrada la Subdirectora General de Coordinación Bibliotecaria y por la
Jefa del Área de Proyectos, y actuarán en representación del Grupo de Comunicación
Promecal SLU, Gregorio Méndez Ordóñez, Administrador único del Grupo de
Comunicación Promecal SLU y Daniel Méndez Primo, Subdirector General de
Relaciones Institucionales de este grupo de comunicación.
El mecanismo estará presidido por uno de los miembros nombrados en
representación del Ministerio de Cultura y Deporte y se reunirá a iniciativa de cualquiera
de sus miembros cuando considere que existen problemas de interpretación o ejecución
del convenio.
2. A la finalización del Convenio, el Ministerio de Cultura y Deporte elaborará una
memoria en la que se acredite el cumplimiento de los compromisos asumidos por las
partes a través del Convenio.
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90581
Séptima. Financiación.
Los trabajos de digitalización objeto de este convenio se llevan a cabo en el marco
de dos contratos de servicios de digitalización de colecciones de instituciones públicas y
privadas que licita el Ministerio de Cultura y Deporte.
El primero de estos contratos, que se imputa a la aplicación
presupuestaria 24.50.03.330A.684, código de proyecto 2021 24 50 0005 (Digitalización y
patrimonio. MRR-UE) del presupuesto de este ministerio para los años 2022 y 2023, se
financia con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021 sobre la base de
la propuesta aprobada por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021.
El segundo de estos contratos es un contrato de servicios de digitalización de
colecciones de instituciones públicas y privadas que lícita, por encargo de la
Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria, la sociedad mercantil Tragsatec,
entidad que forma parte de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y
del Sector Público Institucional. Este segundo contrato de digitalización se imputa a la
aplicación presupuestaria 24.50.03.33XC.694, código de proyecto 2021 24 50 0005
(Digitalización y patrimonio. MRR-UE) del presupuesto de este ministerio para los
años 2022 y 2023, y también se financia con fondos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros
de 13 de julio de 2021 sobre la base de la propuesta aprobada por la Comisión Europea
el 16 de junio de 2021.
El valor estimado de los trabajos de digitalización que son el objeto concreto de este
convenio es de 1.065.090,91 euros sin IVA (1.288.760,00 euros, IVA incluido).
Los trabajos de digitalización objeto de este convenio no suponen un coste para el
Grupo de Comunicación Promecal SAU No hay contraprestaciones económicas entre las
partes suscriptoras del convenio.
Octava.
Mecanismo de seguimiento y vigilancia. Memoria final.
Novena.
Interpretación y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico
aplicable el establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar (artículos 47 y siguientes)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
cve: BOE-A-2022-10657
Verificable en https://www.boe.es
1. Un mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del convenio
resolverá los problemas de interpretación que pudieran plantearse y controlará su
ejecución. Este mecanismo constará de cuatro miembros nombrados a partes iguales
por las personas que suscriben el convenio. La representación del Ministerio de Cultura y
Deporte estará integrada la Subdirectora General de Coordinación Bibliotecaria y por la
Jefa del Área de Proyectos, y actuarán en representación del Grupo de Comunicación
Promecal SLU, Gregorio Méndez Ordóñez, Administrador único del Grupo de
Comunicación Promecal SLU y Daniel Méndez Primo, Subdirector General de
Relaciones Institucionales de este grupo de comunicación.
El mecanismo estará presidido por uno de los miembros nombrados en
representación del Ministerio de Cultura y Deporte y se reunirá a iniciativa de cualquiera
de sus miembros cuando considere que existen problemas de interpretación o ejecución
del convenio.
2. A la finalización del Convenio, el Ministerio de Cultura y Deporte elaborará una
memoria en la que se acredite el cumplimiento de los compromisos asumidos por las
partes a través del Convenio.