III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-10657)
Resolución de 20 de junio de 2022, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Grupo de Comunicación Promecal, SLU, para la digitalización de una colección de prensa en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 27 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 90579

Cultura y Deporte podrá realizar, permanentemente y en todos los países del mundo, los
actos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación que estime
convenientes de esta copia y sus metadatos asociados (dentro de los cuales se
encuentran los registros bibliográficos y de ejemplar) en cualquiera de las modalidades
de explotación existentes y conocidas al día de la fecha, todo ello sin perjuicio de los
derechos de propiedad intelectual de los contenidos afectados por estos usos, en
aplicación de la legislación de Propiedad Intelectual. En particular, el Ministerio de
Cultura y Deporte podrá difundir dicho recurso digital, incluidos sus metadatos (dentro de
los cuales se encuentran los registros bibliográficos y de ejemplar), por cualquier medio y
en el marco de cualquier proyecto, actuación o iniciativa de cualquier clase que adopte
para el cumplimiento de los fines que tiene encomendados, y podrá autorizar la
reproducción de imágenes sueltas del recurso digital generado a terceros, para su
utilización en publicaciones, exposiciones y demás actividades de tipo educativo,
científico o cultural.
La otra copia será entregada al Grupo de Comunicación Promecal SLU, que será
titular de los derechos de explotación y propiedad intelectual sobre ella, conforme a los
artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. El Grupo de
Comunicación Promecal SLU podrá realizar, permanentemente y en todos los países del
mundo, los actos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación
que estime convenientes de esta segunda copia digital y de sus metadatos asociados
(dentro de los cuales se encuentran los registros bibliográficos y de ejemplar) en
cualquiera de las modalidades de explotación existentes y conocidas al día de la fecha,
todo ello sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual de los contenidos
afectados por estos usos, en aplicación de la legislación de Propiedad Intelectual. En
particular, el Grupo de Comunicación Promecal SLU, podrá difundir dicho recurso digital,
incluidos sus metadatos (dentro de los cuales se encuentran los registros bibliográficos y
de ejemplar), por cualquier medio y en el marco de cualquier proyecto, actuación o
iniciativa de cualquier clase que adopte para el cumplimiento de los fines que tiene
encomendados, y podrá autorizar la reproducción de imágenes sueltas del recurso digital
generado a terceros, para su utilización en publicaciones, exposiciones y demás
actividades de tipo educativo, científico o cultural.
Tercera. Obligaciones del Grupo de Comunicación Promecal SLU.
1.

Serán obligaciones del Grupo de Comunicación Promecal SLU:

a) Facilitar el acceso al Ministerio de Cultura y Deporte a la colección de prensa del
Grupo de Comunicación Promecal SLU objeto de este convenio, para que se proceda a
su digitalización una vez el convenio sea plenamente eficaz conforme a lo dispuesto en
la cláusula sexta.
b) Autorizar, en su caso, la incorporación del Grupo de Comunicación Promecal
SLU al Catálogo Colectivo de Patrimonio Bibliográfico como entidad con permiso de
difusión.
2. El incumplimiento de estas obligaciones tendrá como consecuencia la resolución
del convenio conforme a lo previsto en el apartado 3.1.c) de la Cláusula quinta.

1.

Son obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte:

a) Digitalizar (mediante el escaneo y tratamiento bibliográfico) la colección de
prensa del Grupo de Comunicación Promecal SLU objeto de este convenio.
b) Los trabajos de digitalización a los que se refiere el número anterior se realizarán
conforme a la normativa técnica y demás recomendaciones de organismos nacionales e
internacionales que se vienen aplicando por dicho departamento ministerial. En concreto,
se ajustará a las condiciones técnicas y controles de calidad establecidos en el

cve: BOE-A-2022-10657
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte.