III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-10621)
Resolución de 20 de junio de 2022, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con la Agencia EFE, SAU, S.M.E., por el que se regula la pertenencia de la Agencia al Alto Patronato del Consorcio y el desarrollo de actividades de carácter informativo que impulsen el conocimiento de los países de la comunidad iberoamericana de naciones en los ámbitos de la economía, la empresa, la sociedad y la cultura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Quinta.
Sec. III. Pág. 90098
Aspectos económicos.
El presente Convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes, quedando obligada cada una a financiar respectivamente la ejecución de las
actividades que deban llevar a cabo conforme a la cláusula segunda de este Convenio.
En concreto, para el Consorcio Casa de América dado que los espacios son propios,
el impacto económico se cuantificaría en la ganancia dejada de obtener por el
arrendamiento del espacio, si bien, dado que es un evento realizado por el propio
Consorcio, en ejecución de los fines que le son propios y en su beneficio, el coste por
este concepto es cero; y por otro lado el coste correspondiente al tiempo del personal de
plantilla directamente involucrado en el desarrollo de la actividad. Dicho coste
correspondería a 1.682 euros de la especialista del área, 384 euros del asistente de
logística, 440 euros del personal técnico de sonido y 394 euros del personal de
audiovisuales. En total serían 2.900 euros/año que ya están incluidos en el presupuesto
anual estimativo aprobado por el Consejo Rector.
En concreto, para Agencia EFE dado que los recursos para las coberturas
informativas son propios, el impacto económico se cuantificaría en la ganancia dejada de
obtener por las coberturas realizadas, si bien, dado que es un evento realizado por la
propia Agencia EFE, en ejecución de los fines que le son propios y en su beneficio, el
coste por este concepto es cero; y por otro lado el coste de contratación de servicios
externos directamente involucrado en el desarrollo de la actividad. Dicho coste
correspondería a 17.000 euros Planimetría, diseño vistas, escenografía, decoración,
1.159 euros de azafatas y azafatos para el apoyo, En total serían 18.159 euros/año que
ya están incluidos en el presupuesto anual estimativo.
Sexta. Vigencia.
El presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal al que se
refiere la disposición adicional séptima mencionada en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sea igualmente publicado en
el «Boletín Oficial del Estado».
La duración del presente Convenio será de dos (2) años desde su entrada en vigor,
las partes podrán prorrogar el Convenio por un periodo adicional de dos (2) años
mediante acuerdo expreso y por escrito, cumpliendo los requisitos establecidos en los
artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 2 de octubre.
En el caso de emergencia sanitaria u otro tipo de situación similar, las Partes podrán
acordar la suspensión de las actividades.
Comisión de seguimiento.
El seguimiento de este proyecto se llevará a cabo de forma paritaria por las Partes a
través de una Comisión de Seguimiento.
Una Comisión de Seguimiento compuesta por cuatro (4) personas, dos (2)
designadas por Agencia EFE y dos (2) por la Casa de América, que realizará las labores
de coordinación, seguimiento, interpretación y resolución de posibles conflictos en el
seno del presente Convenio.
Por parte de la Agencia EFE serán quienes ostenten los cargos de director de
Información y director de gabinete de presidencia.
Por parte del Consorcio Casa de América serán quienes ostenten los cargos de
director Gerente y coordinador de Comunicación.
Esta comisión se reunirá a petición de cualquiera de las Partes.
cve: BOE-A-2022-10621
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Quinta.
Sec. III. Pág. 90098
Aspectos económicos.
El presente Convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes, quedando obligada cada una a financiar respectivamente la ejecución de las
actividades que deban llevar a cabo conforme a la cláusula segunda de este Convenio.
En concreto, para el Consorcio Casa de América dado que los espacios son propios,
el impacto económico se cuantificaría en la ganancia dejada de obtener por el
arrendamiento del espacio, si bien, dado que es un evento realizado por el propio
Consorcio, en ejecución de los fines que le son propios y en su beneficio, el coste por
este concepto es cero; y por otro lado el coste correspondiente al tiempo del personal de
plantilla directamente involucrado en el desarrollo de la actividad. Dicho coste
correspondería a 1.682 euros de la especialista del área, 384 euros del asistente de
logística, 440 euros del personal técnico de sonido y 394 euros del personal de
audiovisuales. En total serían 2.900 euros/año que ya están incluidos en el presupuesto
anual estimativo aprobado por el Consejo Rector.
En concreto, para Agencia EFE dado que los recursos para las coberturas
informativas son propios, el impacto económico se cuantificaría en la ganancia dejada de
obtener por las coberturas realizadas, si bien, dado que es un evento realizado por la
propia Agencia EFE, en ejecución de los fines que le son propios y en su beneficio, el
coste por este concepto es cero; y por otro lado el coste de contratación de servicios
externos directamente involucrado en el desarrollo de la actividad. Dicho coste
correspondería a 17.000 euros Planimetría, diseño vistas, escenografía, decoración,
1.159 euros de azafatas y azafatos para el apoyo, En total serían 18.159 euros/año que
ya están incluidos en el presupuesto anual estimativo.
Sexta. Vigencia.
El presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal al que se
refiere la disposición adicional séptima mencionada en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sea igualmente publicado en
el «Boletín Oficial del Estado».
La duración del presente Convenio será de dos (2) años desde su entrada en vigor,
las partes podrán prorrogar el Convenio por un periodo adicional de dos (2) años
mediante acuerdo expreso y por escrito, cumpliendo los requisitos establecidos en los
artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 2 de octubre.
En el caso de emergencia sanitaria u otro tipo de situación similar, las Partes podrán
acordar la suspensión de las actividades.
Comisión de seguimiento.
El seguimiento de este proyecto se llevará a cabo de forma paritaria por las Partes a
través de una Comisión de Seguimiento.
Una Comisión de Seguimiento compuesta por cuatro (4) personas, dos (2)
designadas por Agencia EFE y dos (2) por la Casa de América, que realizará las labores
de coordinación, seguimiento, interpretación y resolución de posibles conflictos en el
seno del presente Convenio.
Por parte de la Agencia EFE serán quienes ostenten los cargos de director de
Información y director de gabinete de presidencia.
Por parte del Consorcio Casa de América serán quienes ostenten los cargos de
director Gerente y coordinador de Comunicación.
Esta comisión se reunirá a petición de cualquiera de las Partes.
cve: BOE-A-2022-10621
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.