III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-10621)
Resolución de 20 de junio de 2022, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con la Agencia EFE, SAU, S.M.E., por el que se regula la pertenencia de la Agencia al Alto Patronato del Consorcio y el desarrollo de actividades de carácter informativo que impulsen el conocimiento de los países de la comunidad iberoamericana de naciones en los ámbitos de la economía, la empresa, la sociedad y la cultura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90097
antelación, tanto a la Directora de Internacional, como a la Directora de Comunicación de
la Agencia EFE.
Dar preferencia a la agenda del invitado interviniente en las Tribunas EFE para la
correspondiente entrevista por parte de la Agencia EFE.
Obligaciones por parte de la Agencia EFE:
Participar en la organización de las «Tribunas EFE-Casa de América», que se
desarrollarán en la sede de Casa de América, aportando un periodista cualificado que las
modere y dependiendo del nivel del invitado, su presidenta.
Por su parte la Agencia EFE, en el marco de este Convenio, aportará a Casa de
América, los derechos de exhibición de las imágenes de todos aquellos eventos que son
objeto del presente contrato y dará especial difusión a la programación de Casa de
América en los países americanos, y aquella que ambas instituciones organicen
conjuntamente.
Dar difusión por todos los canales, tanto previa como posteriormente, a cada una de
las Tribunas EFE-Casa de América que se organicen.
Poner a disposición de Casa de América, sin coste, los fondos del archivo
audiovisual para la organización de actividades de difusión cultural sin ánimo de lucro.
Incluir el servicio de alertas a un total de cinco correos electrónicos de la Casa de
América, que serán informados por correo electrónico oportunamente por el Coordinador
de Comunicación de Casa de América.
La Agencia EFE nombrará para el alto Patronato a dos vocales. El primero de ellos
deberá ser el responsable máximo de la Agencia EFE.
Tercera.
Uso de marcas.
Asimismo, las Partes se comprometen a promocionar las iniciativas llevadas a cabo
al amparo de este Convenio mediante la incorporación de los logotipos o signos
distintivos de ambas instituciones en todos aquellos eventos, espacios, acciones y
publicaciones que pudiesen ser generados durante su período de vigencia y en los que
exista un interés especial para su presentación conjunta, señalando que se trata de una
acción entre ambas instituciones.
A efectos de que Casa de América pueda difundir la condición de Patrono de
Agencia EFE, esta última autoriza a Casa de América el uso de sus signos distintivos y
marcas explotadas.
Las piezas de difusión pública en las que aparezcan dichos signos distintivos serán
objeto de una revisión previa por parte de ambas Partes. En ningún caso, la suscripción
del presente Convenio implicará la transmisión de titularidad de derechos de propiedad
industrial entre Agencia EFE y Casa de América respecto a sus marcas, signos
distintivos o cualesquiera otros elementos susceptibles de protección en este sentido, ni
otorgará derecho alguno de intervención o injerencia en la gestión de los mismos.
Esta autorización de uso se limita única y exclusivamente a los fines previstos en
este Convenio y se extinguirá automáticamente en el momento de terminación del mismo
cualquiera que sea la causa.
Derechos de propiedad intelectual.
Agencia EFE ostentará, en exclusividad, durante el tiempo máximo de protección
reconocido en la legislación vigente y sin limitación territorial, con facultad de cesión a
terceros y para su explotación en cualquier procedimiento, sistema o soporte, la totalidad
de los derechos de explotación (entre otros, comunicación pública, reproducción,
distribución y transformación) de las producciones audiovisuales (incluyendo sus
elementos integrantes y/ o derivados) realizadas al amparo de este Convenio.
cve: BOE-A-2022-10621
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90097
antelación, tanto a la Directora de Internacional, como a la Directora de Comunicación de
la Agencia EFE.
Dar preferencia a la agenda del invitado interviniente en las Tribunas EFE para la
correspondiente entrevista por parte de la Agencia EFE.
Obligaciones por parte de la Agencia EFE:
Participar en la organización de las «Tribunas EFE-Casa de América», que se
desarrollarán en la sede de Casa de América, aportando un periodista cualificado que las
modere y dependiendo del nivel del invitado, su presidenta.
Por su parte la Agencia EFE, en el marco de este Convenio, aportará a Casa de
América, los derechos de exhibición de las imágenes de todos aquellos eventos que son
objeto del presente contrato y dará especial difusión a la programación de Casa de
América en los países americanos, y aquella que ambas instituciones organicen
conjuntamente.
Dar difusión por todos los canales, tanto previa como posteriormente, a cada una de
las Tribunas EFE-Casa de América que se organicen.
Poner a disposición de Casa de América, sin coste, los fondos del archivo
audiovisual para la organización de actividades de difusión cultural sin ánimo de lucro.
Incluir el servicio de alertas a un total de cinco correos electrónicos de la Casa de
América, que serán informados por correo electrónico oportunamente por el Coordinador
de Comunicación de Casa de América.
La Agencia EFE nombrará para el alto Patronato a dos vocales. El primero de ellos
deberá ser el responsable máximo de la Agencia EFE.
Tercera.
Uso de marcas.
Asimismo, las Partes se comprometen a promocionar las iniciativas llevadas a cabo
al amparo de este Convenio mediante la incorporación de los logotipos o signos
distintivos de ambas instituciones en todos aquellos eventos, espacios, acciones y
publicaciones que pudiesen ser generados durante su período de vigencia y en los que
exista un interés especial para su presentación conjunta, señalando que se trata de una
acción entre ambas instituciones.
A efectos de que Casa de América pueda difundir la condición de Patrono de
Agencia EFE, esta última autoriza a Casa de América el uso de sus signos distintivos y
marcas explotadas.
Las piezas de difusión pública en las que aparezcan dichos signos distintivos serán
objeto de una revisión previa por parte de ambas Partes. En ningún caso, la suscripción
del presente Convenio implicará la transmisión de titularidad de derechos de propiedad
industrial entre Agencia EFE y Casa de América respecto a sus marcas, signos
distintivos o cualesquiera otros elementos susceptibles de protección en este sentido, ni
otorgará derecho alguno de intervención o injerencia en la gestión de los mismos.
Esta autorización de uso se limita única y exclusivamente a los fines previstos en
este Convenio y se extinguirá automáticamente en el momento de terminación del mismo
cualquiera que sea la causa.
Derechos de propiedad intelectual.
Agencia EFE ostentará, en exclusividad, durante el tiempo máximo de protección
reconocido en la legislación vigente y sin limitación territorial, con facultad de cesión a
terceros y para su explotación en cualquier procedimiento, sistema o soporte, la totalidad
de los derechos de explotación (entre otros, comunicación pública, reproducción,
distribución y transformación) de las producciones audiovisuales (incluyendo sus
elementos integrantes y/ o derivados) realizadas al amparo de este Convenio.
cve: BOE-A-2022-10621
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.