II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2022-10579)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 89920
Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y
las preguntas en blanco no penalizan.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los y las aspirantes deberán
obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La calificación de los y las aspirantes
resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados
por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración,
corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta
convocatoria.
La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.11 del Real Decreto 636/2021, de 27
de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, y en el
artículo 3.13 del Real Decreto 407/2022, de 24 mayo de 2022, por el que se aprueba la
oferta de empleo público para el año 2022, el Tribunal hará pública la plantilla correctora
correspondiente a este segundo ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde
su finalización.
Calificación de la fase de oposición: en ambos ejercicios de la fase de oposición, la
calificación de los y las aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se
deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente
convocatoria.
Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los ejercicios.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
3. Mayor número de aciertos obtenidos en el segundo ejercicio.
4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer ejercicio.
Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, se atenderá al orden
alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos y aquellas aspirantes que
hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.
Pruebas de aptitud médica: estarán dirigidas a comprobar que no se aprecia en los y
las aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el anexo V
de esta convocatoria, que está adaptado a lo establecido en el Acuerdo de Consejo de
Ministros, de 30 de noviembre de 2018 (publicado por Orden PCI/154/2019, de 19 de
febrero, en el BOE del 20 del mismo mes), por el que se aprueban instrucciones para
actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y
laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el
acceso al empleo público.
Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal
facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las
dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio.
La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será
calificada de «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesario obtener la calificación de
«Apto/Apta» para poder superar esta prueba y la oposición.
Si el número de declarados y declaradas «Aptos/Aptas» en esta prueba fuera inferior
al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma,
el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros
cve: BOE-A-2022-10579
Verificable en https://www.boe.es
Tercer ejercicio.
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 89920
Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y
las preguntas en blanco no penalizan.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los y las aspirantes deberán
obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La calificación de los y las aspirantes
resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados
por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración,
corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta
convocatoria.
La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.11 del Real Decreto 636/2021, de 27
de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, y en el
artículo 3.13 del Real Decreto 407/2022, de 24 mayo de 2022, por el que se aprueba la
oferta de empleo público para el año 2022, el Tribunal hará pública la plantilla correctora
correspondiente a este segundo ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde
su finalización.
Calificación de la fase de oposición: en ambos ejercicios de la fase de oposición, la
calificación de los y las aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se
deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente
convocatoria.
Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los ejercicios.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
3. Mayor número de aciertos obtenidos en el segundo ejercicio.
4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer ejercicio.
Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, se atenderá al orden
alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos y aquellas aspirantes que
hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.
Pruebas de aptitud médica: estarán dirigidas a comprobar que no se aprecia en los y
las aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el anexo V
de esta convocatoria, que está adaptado a lo establecido en el Acuerdo de Consejo de
Ministros, de 30 de noviembre de 2018 (publicado por Orden PCI/154/2019, de 19 de
febrero, en el BOE del 20 del mismo mes), por el que se aprueban instrucciones para
actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y
laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el
acceso al empleo público.
Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal
facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las
dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio.
La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será
calificada de «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesario obtener la calificación de
«Apto/Apta» para poder superar esta prueba y la oposición.
Si el número de declarados y declaradas «Aptos/Aptas» en esta prueba fuera inferior
al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma,
el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros
cve: BOE-A-2022-10579
Verificable en https://www.boe.es
Tercer ejercicio.