III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-10647)
Resolución de 10 de junio de 2022, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 1 de junio de 2022, del Consejo de Administración, sobre delegación de competencias relativas a la gestión de las subvenciones establecidas por el Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (Programa Dus 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90488
Decreto 18/2014, de 17 de enero, y sin perjuicio de las delegaciones que pudieran
corresponder de acuerdo con el artículo 7.3 de dicho Estatuto, tal y como se dispone en
el artículo 14.2 del Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, comprendiendo dicha
delegación, asimismo, la competencia para dictar las eventuales resoluciones de
modificación de las resoluciones de concesión, a que se refiere el artículo 17.2 del
mismo real decreto.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Primero.
Delegar en la persona titular de la Dirección General de la E.P.E. Instituto para la
Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., la competencia para la concesión de
subvenciones correspondientes al ámbito de aplicación del Real Decreto 692/2021, de 3
de agosto, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a
proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico
(PROGRAMA DUS 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto
Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previa la
resolución que dicte el Consejo de Administración, cuando la misma sea necesaria,
conforme a lo establecido en el Estatuto del IDAE, aprobado por Real Decreto 18/2014,
de 17 de enero, y sin perjuicio de las delegaciones que pudieran corresponder de
acuerdo con el artículo 7.3 de dicho Estatuto, tal y como se dispone en el artículo 14.2
del Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, comprendiendo dicha delegación, asimismo,
la competencia para dictar las eventuales resoluciones de modificación de las
resoluciones de concesión, a que se refiere el artículo 17.2 del mismo real decreto.
Segundo.
La delegación de competencias contenida en esta resolución es revocable en
cualquier momento por el órgano que la confiere, quien, asimismo, podrá avocar para sí
el conocimiento de cualquier asunto comprendido en ella.
Tercero.
Las resoluciones que se adopten en uso de la delegación contenida en la presente
resolución indicarán expresamente esta circunstancia.
Cuarto.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-10647
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de junio de 2022.–La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Sara Aagesen Muñoz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90488
Decreto 18/2014, de 17 de enero, y sin perjuicio de las delegaciones que pudieran
corresponder de acuerdo con el artículo 7.3 de dicho Estatuto, tal y como se dispone en
el artículo 14.2 del Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, comprendiendo dicha
delegación, asimismo, la competencia para dictar las eventuales resoluciones de
modificación de las resoluciones de concesión, a que se refiere el artículo 17.2 del
mismo real decreto.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Primero.
Delegar en la persona titular de la Dirección General de la E.P.E. Instituto para la
Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., la competencia para la concesión de
subvenciones correspondientes al ámbito de aplicación del Real Decreto 692/2021, de 3
de agosto, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a
proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico
(PROGRAMA DUS 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto
Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previa la
resolución que dicte el Consejo de Administración, cuando la misma sea necesaria,
conforme a lo establecido en el Estatuto del IDAE, aprobado por Real Decreto 18/2014,
de 17 de enero, y sin perjuicio de las delegaciones que pudieran corresponder de
acuerdo con el artículo 7.3 de dicho Estatuto, tal y como se dispone en el artículo 14.2
del Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, comprendiendo dicha delegación, asimismo,
la competencia para dictar las eventuales resoluciones de modificación de las
resoluciones de concesión, a que se refiere el artículo 17.2 del mismo real decreto.
Segundo.
La delegación de competencias contenida en esta resolución es revocable en
cualquier momento por el órgano que la confiere, quien, asimismo, podrá avocar para sí
el conocimiento de cualquier asunto comprendido en ella.
Tercero.
Las resoluciones que se adopten en uso de la delegación contenida en la presente
resolución indicarán expresamente esta circunstancia.
Cuarto.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-10647
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de junio de 2022.–La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Sara Aagesen Muñoz.
https://www.boe.es
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