III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-10647)
Resolución de 10 de junio de 2022, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 1 de junio de 2022, del Consejo de Administración, sobre delegación de competencias relativas a la gestión de las subvenciones establecidas por el Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (Programa Dus 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90487
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de junio de 2022, del Instituto para la Diversificación y
Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 1
de junio de 2022, del Consejo de Administración, sobre delegación de
competencias relativas a la gestión de las subvenciones establecidas por el
Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión
directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía
limpia en municipios de reto demográfico (Programa Dus 5000), en el marco
del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
establece que los presidentes o directores de los organismos y las entidades públicas
vinculados o dependientes de la Administración General del Estado cualquiera que sea
el régimen jurídico a que hayan de sujetar su actuación, son los órganos competentes
para conceder subvenciones, en sus respectivos ámbitos, previa consignación
presupuestaria para este fin.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.8 b) del Real Decreto 500/2020, de 28 de
abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales, la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la
Energía (IDAE), M.P. se encuentra adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, a través de la Secretaría de Estado de Energía.
El artículo 4 del Estatuto del IDAE, aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de
enero, dispone que sus órganos de gobierno, entre otros, son el Presidente quien, de
acuerdo con el artículo 5.2, además de ostentar la alta representación del Instituto, y
otras facultades y funciones, le corresponden las que se le atribuyan de conformidad con
la normativa vigente, entre las que debe entenderse la facultad de conceder
subvenciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 de la citada Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, todo ello en relación y tras la entrada en vigor de la disposición
adicional vigésima sexta de la misma.
De conformidad con lo establecido por el artículo 6.2 a) de dicho Estatuto, la
Presidencia del IDAE la ostenta la persona titular de la Secretaría de Estado de la
Energía.
En este contexto, la estructura interna y organización del IDAE, recogidas en su
Estatuto, aconsejan dictar la presente resolución de delegación de competencias que
permita lograr la máxima agilidad, eficiencia, coordinación y eficacia en la gestión y
desarrollo de las facultades inherentes a la concesión de subvenciones correspondientes
al ámbito de aplicación del Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula
la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de
energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000), en el marco
del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Por ello, se considera conveniente delegar en la persona titular de la Dirección
General del IDAE la competencia para la concesión de tales subvenciones o ayudas,
previa la resolución que dicte el Consejo de Administración, cuando la misma sea
necesaria, conforme a lo establecido en el Estatuto del IDAE, aprobado por Real
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10647
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90487
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de junio de 2022, del Instituto para la Diversificación y
Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 1
de junio de 2022, del Consejo de Administración, sobre delegación de
competencias relativas a la gestión de las subvenciones establecidas por el
Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión
directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía
limpia en municipios de reto demográfico (Programa Dus 5000), en el marco
del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
establece que los presidentes o directores de los organismos y las entidades públicas
vinculados o dependientes de la Administración General del Estado cualquiera que sea
el régimen jurídico a que hayan de sujetar su actuación, son los órganos competentes
para conceder subvenciones, en sus respectivos ámbitos, previa consignación
presupuestaria para este fin.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.8 b) del Real Decreto 500/2020, de 28 de
abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales, la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la
Energía (IDAE), M.P. se encuentra adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, a través de la Secretaría de Estado de Energía.
El artículo 4 del Estatuto del IDAE, aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de
enero, dispone que sus órganos de gobierno, entre otros, son el Presidente quien, de
acuerdo con el artículo 5.2, además de ostentar la alta representación del Instituto, y
otras facultades y funciones, le corresponden las que se le atribuyan de conformidad con
la normativa vigente, entre las que debe entenderse la facultad de conceder
subvenciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 de la citada Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, todo ello en relación y tras la entrada en vigor de la disposición
adicional vigésima sexta de la misma.
De conformidad con lo establecido por el artículo 6.2 a) de dicho Estatuto, la
Presidencia del IDAE la ostenta la persona titular de la Secretaría de Estado de la
Energía.
En este contexto, la estructura interna y organización del IDAE, recogidas en su
Estatuto, aconsejan dictar la presente resolución de delegación de competencias que
permita lograr la máxima agilidad, eficiencia, coordinación y eficacia en la gestión y
desarrollo de las facultades inherentes a la concesión de subvenciones correspondientes
al ámbito de aplicación del Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula
la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de
energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000), en el marco
del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Por ello, se considera conveniente delegar en la persona titular de la Dirección
General del IDAE la competencia para la concesión de tales subvenciones o ayudas,
previa la resolución que dicte el Consejo de Administración, cuando la misma sea
necesaria, conforme a lo establecido en el Estatuto del IDAE, aprobado por Real
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