III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-10652)
Resolución de 10 de junio de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Renovables de Buniel, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Buniel de 114,5 MW, la subestación eléctrica PE Buniel 30/132 kV, la línea eléctrica a 132 kV, la subestación eléctrica La Torca 132/400 kV y la línea eléctrica aérea a 400 kV para la evacuación de energía eléctrica, en los términos municipales de Albillos, Arcos de la Llana, Buniel, Cavia, Cayuela, Villalbilla de Burgos, Villagonzalo Pedernales, Estépar y San Mamés de Burgos, en la provincia de Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90541
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de junio de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Renovables de Buniel, SL,
autorización administrativa previa para el parque eólico Buniel de 114,5 MW,
la subestación eléctrica PE Buniel 30/132 kV, la línea eléctrica a 132 kV, la
subestación eléctrica La Torca 132/400 kV y la línea eléctrica aérea a 400 kV
para la evacuación de energía eléctrica, en los términos municipales de
Albillos, Arcos de la Llana, Buniel, Cavia, Cayuela, Villalbilla de Burgos,
Villagonzalo Pedernales, Estépar y San Mamés de Burgos, en la provincia de
Burgos.
Renovables de Buniel, SL, en adelante Renovables de Buniel, solicitó, con fecha 18
de octubre de 2019, autorización administrativa previa de la instalación que se cita.
El expediente fue incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en
la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 25 de marzo de 2020 en
el «Boletín Oficial de la Provincia de Burgos» y el 26 de marzo de 2020 en el «Boletín
Oficial del Estado», no habiéndose recibido alegaciones.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Cavia, del Ayuntamiento de
Cayuela, del Ayuntamiento de Villagonzalo Pedernales, del Ayuntamiento de Villalbilla de
Burgos, de la Diputación Provincial de Burgos, de Telefónica, y del Servicio Territorial de
Economía de la Sección de Industria y Energía, en las que no se muestra oposición a la
autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Renovables de Buniel de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Buniel, de la Confederación
Hidrográfica del Duero, de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de
la Delegación Territorial de Burgos, de la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, de
ENAGAS, de Iberdrola, de ADIF, de la Dirección General de Energía y Minas de la
Consejería de Economía y Hacienda, y de Red Eléctrica de España, en las que se
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de sus competencias. Se ha dado traslado Renovables de Buniel de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Albillos, aportando un informe
técnico en el que determina las normativas aplicables en relación a los usos del suelo, la
afección a un oleoducto y un gasoducto, a cauces fluviales, a carreteras y a
servidumbres aeronáuticas, estableciendo ciertos condicionantes técnicos y la necesidad
de algunas autorizaciones expresas. Se ha dado traslado al Renovables de Buniel de
dicha contestación, mostrando éste su conformidad e indicando que tomará en
cve: BOE-A-2022-10652
Verificable en https://www.boe.es
10652
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90541
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de junio de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Renovables de Buniel, SL,
autorización administrativa previa para el parque eólico Buniel de 114,5 MW,
la subestación eléctrica PE Buniel 30/132 kV, la línea eléctrica a 132 kV, la
subestación eléctrica La Torca 132/400 kV y la línea eléctrica aérea a 400 kV
para la evacuación de energía eléctrica, en los términos municipales de
Albillos, Arcos de la Llana, Buniel, Cavia, Cayuela, Villalbilla de Burgos,
Villagonzalo Pedernales, Estépar y San Mamés de Burgos, en la provincia de
Burgos.
Renovables de Buniel, SL, en adelante Renovables de Buniel, solicitó, con fecha 18
de octubre de 2019, autorización administrativa previa de la instalación que se cita.
El expediente fue incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en
la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 25 de marzo de 2020 en
el «Boletín Oficial de la Provincia de Burgos» y el 26 de marzo de 2020 en el «Boletín
Oficial del Estado», no habiéndose recibido alegaciones.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Cavia, del Ayuntamiento de
Cayuela, del Ayuntamiento de Villagonzalo Pedernales, del Ayuntamiento de Villalbilla de
Burgos, de la Diputación Provincial de Burgos, de Telefónica, y del Servicio Territorial de
Economía de la Sección de Industria y Energía, en las que no se muestra oposición a la
autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Renovables de Buniel de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Buniel, de la Confederación
Hidrográfica del Duero, de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de
la Delegación Territorial de Burgos, de la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, de
ENAGAS, de Iberdrola, de ADIF, de la Dirección General de Energía y Minas de la
Consejería de Economía y Hacienda, y de Red Eléctrica de España, en las que se
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de sus competencias. Se ha dado traslado Renovables de Buniel de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Albillos, aportando un informe
técnico en el que determina las normativas aplicables en relación a los usos del suelo, la
afección a un oleoducto y un gasoducto, a cauces fluviales, a carreteras y a
servidumbres aeronáuticas, estableciendo ciertos condicionantes técnicos y la necesidad
de algunas autorizaciones expresas. Se ha dado traslado al Renovables de Buniel de
dicha contestación, mostrando éste su conformidad e indicando que tomará en
cve: BOE-A-2022-10652
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