III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-10669)
Decreto 83/2022, de 19 de mayo, por el que se declara bien de interés cultural el puente de A Ponte Maceira sobre el río Tambre, entre los términos municipales de Ames y Negreira (A Coruña).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90671
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
10669
Decreto 83/2022, de 19 de mayo, por el que se declara bien de interés
cultural el puente de A Ponte Maceira sobre el río Tambre, entre los términos
municipales de Ames y Negreira (A Coruña).
I
El puente de A Ponte Maceira posee una indudable relevancia histórica para las
comarcas de Amaía y A Barcala, y constituye un elemento singular de las rutas de los
Caminos de Santiago por su estado de conservación y por la integración en su entorno,
de manera que resulta un hito simbólico del paisaje en la que se integra. Al puente de A
Ponte Maceira se atribuyen hechos de carácter legendario relacionados con la tradición
jacobea, que se bien pueden también atribuirse a otros puentes de la zona, señala la
importancia de este paso para el imaginario popular.
El puente actual erige ira en época medieval, promovida por el poder eclesiástico de
Santiago a fin de facilitar la comunicación con los puertos de Fisterra y controlar el
acceso y las mercancías, siendo el escenario de conflictos relevantes entre Compostela
y los señores de Traba y sus aliados de la nobleza gallega.
En el siglo XVIII José Cornide describe el precario estado de conservación de una
estructura de siete arcos, y en el año 1792 se documenta el derribo y ruina que impediría
su uso, estado en el que permanecería hasta ya comenzado el siglo XIX. En el
año 1987, después de otra noticia derribo parcial, se procede a una nueva fase de
restauraciones y actuaciones de conservación y mejora del conjunto de molinos,
lavaderos, pavimentos y espacio público.
Su antigüedad, su influencia en la configuración del territorio y su calidad constructiva
y el estado de conservación, además de la documentación que demuestra su
autenticidad, acreditan el carácter singular de esta infraestructura de la ingeniería
histórica.
El 16 de noviembre de 2017 los Ayuntamientos de Ames y Negreira solicitaron la
declaración como bien de interés cultural del puente de A Ponte Maceira sobre el río
Tambre, para lo cual presentaron una documentación que fue completada en diferentes
fases.
El 14 de mayo de 2020 la Dirección General de Patrimonio Cultural emitió la
resolución por lo que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural el
puente de A Ponte Maceira sobre el río Tambre, entre los términos municipales de Ames
y Negreira (DOG núm. 99, de 25 de mayo).
En el período de exposición pública de la propuesta de incoación se presentaron 12
alegatos que, en sus términos globales y después del informe de los servicios técnicos
de la Dirección General, fueron atendidos total o parcialmente, resultando en
consecuencia la reducción del contorno de protección propuesto, la eliminación de la
consideración como bienes de interés cultural de hórreos y cruceros y demás elementos,
así como la incorporación de algunas medidas específicas en lo relativo a la
conservación y protección del puente.
Además, se solicitó el dictamen de los órganos consultivos sobre el valor cultural
singular del inmueble, que resultaron favorables a dicho reconocimiento, si bien
recomendaron una protección adicional de carácter territorial que deberá ser objeto de
cve: BOE-A-2022-10669
Verificable en https://www.boe.es
II
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90671
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
10669
Decreto 83/2022, de 19 de mayo, por el que se declara bien de interés
cultural el puente de A Ponte Maceira sobre el río Tambre, entre los términos
municipales de Ames y Negreira (A Coruña).
I
El puente de A Ponte Maceira posee una indudable relevancia histórica para las
comarcas de Amaía y A Barcala, y constituye un elemento singular de las rutas de los
Caminos de Santiago por su estado de conservación y por la integración en su entorno,
de manera que resulta un hito simbólico del paisaje en la que se integra. Al puente de A
Ponte Maceira se atribuyen hechos de carácter legendario relacionados con la tradición
jacobea, que se bien pueden también atribuirse a otros puentes de la zona, señala la
importancia de este paso para el imaginario popular.
El puente actual erige ira en época medieval, promovida por el poder eclesiástico de
Santiago a fin de facilitar la comunicación con los puertos de Fisterra y controlar el
acceso y las mercancías, siendo el escenario de conflictos relevantes entre Compostela
y los señores de Traba y sus aliados de la nobleza gallega.
En el siglo XVIII José Cornide describe el precario estado de conservación de una
estructura de siete arcos, y en el año 1792 se documenta el derribo y ruina que impediría
su uso, estado en el que permanecería hasta ya comenzado el siglo XIX. En el
año 1987, después de otra noticia derribo parcial, se procede a una nueva fase de
restauraciones y actuaciones de conservación y mejora del conjunto de molinos,
lavaderos, pavimentos y espacio público.
Su antigüedad, su influencia en la configuración del territorio y su calidad constructiva
y el estado de conservación, además de la documentación que demuestra su
autenticidad, acreditan el carácter singular de esta infraestructura de la ingeniería
histórica.
El 16 de noviembre de 2017 los Ayuntamientos de Ames y Negreira solicitaron la
declaración como bien de interés cultural del puente de A Ponte Maceira sobre el río
Tambre, para lo cual presentaron una documentación que fue completada en diferentes
fases.
El 14 de mayo de 2020 la Dirección General de Patrimonio Cultural emitió la
resolución por lo que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural el
puente de A Ponte Maceira sobre el río Tambre, entre los términos municipales de Ames
y Negreira (DOG núm. 99, de 25 de mayo).
En el período de exposición pública de la propuesta de incoación se presentaron 12
alegatos que, en sus términos globales y después del informe de los servicios técnicos
de la Dirección General, fueron atendidos total o parcialmente, resultando en
consecuencia la reducción del contorno de protección propuesto, la eliminación de la
consideración como bienes de interés cultural de hórreos y cruceros y demás elementos,
así como la incorporación de algunas medidas específicas en lo relativo a la
conservación y protección del puente.
Además, se solicitó el dictamen de los órganos consultivos sobre el valor cultural
singular del inmueble, que resultaron favorables a dicho reconocimiento, si bien
recomendaron una protección adicional de carácter territorial que deberá ser objeto de
cve: BOE-A-2022-10669
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