I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria. Bachillerato. Currículo. (BOE-A-2022-10452)
Resolución de 21 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publican los currículos de las enseñanzas de religión católica correspondientes a Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de junio de 2022

Sec. I. Pág. 88459

La evaluación del área de Religión Católica se realizará en los mismos términos y
con los mismos efectos de las otras áreas de la etapa. Deberá tener en cuenta todos los
procesos de la actividad pedagógica que se desarrolla en el aula y prever las
herramientas e instrumentos necesarios para observar el nivel de adquisición de las
competencias específicas. En la medida de lo posible, en cuanto sujetos
progresivamente autónomos y gradualmente responsables de su aprendizaje, los
alumnos y alumnas han de participar en la evaluación y el proceso seguido para la
adquisición de las competencias específicas propias del área. Para ello se deberían
combinar los diferentes tipos de evaluación: la realizada por el docente, autoevaluación
del alumnado sobre sí mismo de forma que puedan tomar conciencia de su proceso de
aprendizaje y sea progresivamente más responsable de él, y coevaluación entre iguales
que debe desarrollarse en un ambiente de respeto y empatía.
Las técnicas y estrategias para la evaluación deberán ser diversas, accesibles y
adecuadas a la diversidad del alumnado. Se recomiendan herramientas como las
rúbricas para medir el nivel de logro del alumnado, listas de control, escalas de
valoración o cotejo, y los porfolios o diarios de aprendizaje, que constituyen soportes
físicos y digitales que favorecen la recogida y sistematización de la información del
proceso de aprendizaje. Estas evaluaciones pueden realizarse a partir de la observación
del profesorado y entre iguales, de la autorreflexión, la discusión reflexiva y del análisis
de productos, de modo que tanto el profesorado como el alumnado puedan dialogar
sobre el proceso de aprendizaje, siendo el profesor o profesora quien defina los
indicadores del aprendizaje.
ANEXO III
Religión Católica de la Educación Secundaria Obligatoria
Con la incorporación de la materia de Religión al currículo de Educación Secundaria
Obligatoria, la legislación educativa en España es coherente con la Declaración Universal
de los Derechos Humanos de 1948, que reconoce el derecho de todos a una educación
integral y el derecho preferente de las familias a elegir el tipo de educación que habrá de
darse a sus hijos e hijas. Estos derechos y libertades fundamentales están así reconocidos
en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 y la
Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea del 2000. La Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación, además, en el primer apartado de su artículo único, ha asegurado
el cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia según lo establecido en la
Convención sobre los Derechos del Niño. Son referencias básicas del derecho
internacional ratificadas por el Estado español. Se cumple así lo establecido en la
Constitución española de 1978 en su título primero sobre derechos y libertades
fundamentales, en lo referido a la libertad religiosa y el derecho a la educación.
En este marco, la enseñanza de la Religión Católica se propone como materia
curricular de oferta obligatoria para los centros escolares y de libre elección para las
familias. Forma parte de la propuesta educativa necesaria para el pleno desarrollo de la
personalidad de los alumnos y alumnas. Con su identidad y naturaleza, la materia de
Religión Católica, en línea con los fines propios de la Educación Secundaria Obligatoria,
favorece el proceso educativo del alumnado, contribuyendo a su formación integral y al
pleno desarrollo de su personalidad. Propone, específicamente, contribuir a la
maduración del proyecto personal y profesional, con libertad y responsabilidad, en
diálogo con la antropología cristiana y sus principios y valores sociales. Responde a la
necesidad de comprender críticamente y mejorar creativamente nuestra tradición
cultural, sus expresiones y significado, en contextos plurales y diversos. Y complementa
la necesaria educación en valores humanos y cristianos que orienta el despliegue del
proyecto vital que aspira a su realización personal y a su inserción social en los ámbitos
propios de la vida adulta.

cve: BOE-A-2022-10452
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Núm. 150