III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-10493)
Resolución de 20 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en relación con la tramitación del pago a las instituciones vascas y a las instituciones navarras de los importes correspondientes a determinadas ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 88771
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).
Quinta.
Financiación.
El cumplimiento y desarrollo del presente acuerdo no genera obligaciones ni
compromisos económicos de naturaleza ordinaria ni extraordinaria, ni para la Secretaría
de Estado de Hacienda ni para la Agencia Tributaria.
Sexta. Vigencia.
La presente encomienda entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos mientras sea necesario para dar
cumplimiento al objeto de la encomienda, con un máximo de cuatro años.
Séptima. Publicidad.
El presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad
con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2022-10493
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 20 de junio de 2022.–El Secretario de Estado de Hacienda y Presidente de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, Jesús Gascón Catalán.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 88771
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).
Quinta.
Financiación.
El cumplimiento y desarrollo del presente acuerdo no genera obligaciones ni
compromisos económicos de naturaleza ordinaria ni extraordinaria, ni para la Secretaría
de Estado de Hacienda ni para la Agencia Tributaria.
Sexta. Vigencia.
La presente encomienda entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos mientras sea necesario para dar
cumplimiento al objeto de la encomienda, con un máximo de cuatro años.
Séptima. Publicidad.
El presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad
con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2022-10493
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 20 de junio de 2022.–El Secretario de Estado de Hacienda y Presidente de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, Jesús Gascón Catalán.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X