III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-10493)
Resolución de 20 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en relación con la tramitación del pago a las instituciones vascas y a las instituciones navarras de los importes correspondientes a determinadas ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Viernes 24 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 88769

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
10493

Resolución de 20 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Hacienda,
por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, en relación con la tramitación del pago a
las instituciones vascas y a las instituciones navarras de los importes
correspondientes a determinadas ayudas previstas en el Real Decreto-ley
6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco
del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales
de la guerra de Ucrania.

Don Jesús Gascón Catalán, Secretario de Estado de Hacienda y Presidente de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, nombrado por Real Decreto 435/2022, de 8
de junio, en uso de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 682/2021, de 3 de
agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda
y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en el
artículo 62.2.j) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y el artículo 103.tres.2 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 1991, y ostentando la capacidad legal necesaria, acuerda la
siguiente encomienda de gestión.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
En el marco de la situación creada por la invasión de Ucrania por parte de Rusia y para
paliar sus consecuencias negativas en el ámbito energético, el Real Decreto-ley 6/2022,
de 29 de marzo, establece una serie de medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania.
Entre otras medidas contempladas en la norma, el título I regula las medidas de
aplicación en el ámbito energético, estableciendo en los capítulos I y VI las «medidas de
apoyo a la industria gas intensiva» y la «bonificación extraordinaria y temporal del precio
final de determinados productos energéticos» respectivamente. Por su parte, el título II
regula las medidas en materia de transportes, y en su capítulo II se desarrollan las
«medidas en el sector del transporte por carretera y ferrocarril».
La financiación de estas medidas tendrá lugar con cargo a los correspondientes
créditos presupuestarios extraordinarios que a los efectos se crean en la sección 15
«Ministerio de Hacienda y Función Pública», servicio 05 «Secretaría de Estado de
Hacienda».

La competencia para la gestión y pago de dichas ayudas en el territorio común se
atribuye a la Agencia Tributaria de acuerdo con el procedimiento de gestión de
devoluciones previsto en el apartado segundo de la Orden de 27 de diciembre de 1991,
por la que se dictan instrucciones acerca del régimen económico financiero de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria y con cargo a conceptos no presupuestarios
que se cancelarán posteriormente por la aplicación del gasto a los créditos
presupuestarios antes señalados.
En el ámbito de País Vasco y de Navarra, la competencia para la gestión y pago de
las ayudas corresponde a las Instituciones Vascas y a las Instituciones Navarras. En

cve: BOE-A-2022-10493
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II