II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-10477)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de junio de 2022

Sec. II.B. Pág. 88604

catedrático o profesor titular de universidad, siempre que estén en posesión de la
certificación de dicha posición realizada por la Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación a que hace referencia la mencionada disposición adicional
b) No podrán participar en este concurso quienes ostenten la condición de
funcionario docente en otra universidad, salvo que se haya producido el desempeño
efectivo de la plaza de origen obtenida en concurso durante, al menos, dos años.
c) En aquellas plazas que así conste en anexo I, se requiere haber finalizado el
Programa Ramón y Cajal y haber satisfecho los requisitos de calidad de producción y
actividad científico-tecnológica que implican una trayectoria investigadora destacada, a
efectos del cumplimiento del requisito de elegibilidad establecido en el Programa I3,
d) En aquellas plazas que así conste en anexo I, se requiere haber obtenido el
certificado I3 en el marco de los programas de excelencia, nacionales o internacionales,
que se reconocen a estos efectos en el anexo IV de la Resolución de 4 de noviembre
de 2020, de la Secretaria General de Universidades.
2.3 La concurrencia de los requisitos generales y específicos deberá estar referida
siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar la participación
en el concurso y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
2.4 Para el caso de los nacionales de otros Estados, si en el proceso selectivo no
resultara acreditado el conocimiento del idioma español, la Comisión de Selección podrá
establecer pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
3.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán presentar la
correspondiente solicitud, dirigida al Rector de la Universitat Politècnica de València, en
el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), mediante instancia debidamente
cumplimentada, según modelo que consta en anexo II, para cada una de los concursos
que soliciten. El computo de días hábiles excluye los sábados, los domingos y los
declarados festivos. El mes de agosto será hábil para la presentación de instancias.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la
Universitat Politècnica de València, (Camino de Vera, s/n, 46022 Valencia), y sus
Registros Auxiliares en la Escuela Politécnica Superior de Alcoy (pl. Ferrándiz Carbonell,
s/n, 03801 Alcoy) y en la Escuela Politécnica Superior de Gandia (calle Paranimf,
número 1, 46730 Grao de Gandia), o por cualquiera de los procedimientos establecidos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
3.3 Derechos de examen. Los aspirantes deberán abonar dentro del plazo de
presentación de solicitudes, mediante ingreso en efectivo o transferencia bancaria, en la
cuenta ES49 2100 7084 5113 0002 1698 de CaixaBank, la cantidad de 31,10 euros en
concepto de derechos de examen, especificando en el resguardo del ingreso el nombre y
apellidos, número de DNI y concurso en el que participa con indicación del código del mismo.
Estarán exentos del pago de los derechos de participación, debiendo aportar la
acreditación de tal condición:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.
b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial.
c) Tendrán una bonificación del 50 % del pago de los derechos de examen a
pruebas selectivas, los miembros de familias numerosas de categoría general.
El resguardo del ingreso y/o acreditación de la exención o bonificación en el pago
deberá unirse a la solicitud que se presente para participar en el concurso. La falta de
pago de los derechos de participación y/o aportación de la acreditación de la exención o
bonificación en el pago dentro del plazo de presentación de instancias será motivo de
exclusión insubsanable.

cve: BOE-A-2022-10477
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