II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-10479)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 88620
5.3 Constitución. Previa convocatoria de la persona que ostente la Presidencia, se
constituirá el Tribunal con asistencia obligada, presencial o a distancia, de Presidente/a y
Secretario/a o, en su caso, de quienes les suplan, y de la mitad, al menos, de sus
miembros. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de tres meses, a
partir de su designación. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.4 Sesiones. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones del
Tribunal, para actuar válidamente requerirá idéntica mayoría de sus miembros, titulares o
suplentes, a la indicada en el apartado anterior.
5.5 Actuación del Tribunal. A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente
convocatoria. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a
lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Las actuaciones del Tribunal tendrán los efectos previstos en el artículo 95 del
Reglamento de Régimen económico-financiero de la Universidad, aprobado por el
Consejo de Gobierno en sesión de 22 de diciembre de 2021, y sus miembros percibirán
las indemnizaciones en concepto de asistencias previstas en el mismo.
5.6 Información a los participantes. A efectos de comunicaciones y demás
incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de PAS, Edificio de Servicios
Múltiples de la Universidad de Málaga, Plaza de El Ejido, s/n, 29071, Málaga. Asimismo,
cualquier información de interés para el proceso será publicada en la web de la
Universidad.
6.
Desarrollo del proceso
6.1 El proceso selectivo constará, exclusivamente, de una fase de concurso. En ella
se valorarán los méritos, con arreglo al baremo especificado en el Anexo I de la presente
Resolución. Los méritos se computarán con referencia al último día del plazo de
presentación de solicitudes
6.2 La puntuación máxima del proceso será de 100 puntos, de los que 90 serán por
la valoración de la experiencia profesional y 10 por otros méritos.
6.3 Para superar el proceso selectivo será necesario obtener un mínimo del 30% de
la puntuación total del concurso; esto es: 30 puntos.
6.4 Finalizada la baremación de los méritos por parte del Tribunal, las puntuaciones
obtenidas en la fase de concurso se harán públicas en la página web de la Universidad,
con carácter provisional, por orden de puntuación alcanzada y con indicación del nombre
y apellidos de cada aspirante. Contra este acuerdo podrán formularse alegaciones ante
el Tribunal en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de su
publicación.
6.5 Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará públicas las
puntuaciones definitivas.
6.6 En caso de empate de puntuaciones tras la aplicación del baremo, el Tribunal
aplicará el criterio de desempate establecido en el Anexo I de la presente convocatoria.
6.7 Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la
totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la
persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad,
comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por ésta en su
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
cve: BOE-A-2022-10479
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 88620
5.3 Constitución. Previa convocatoria de la persona que ostente la Presidencia, se
constituirá el Tribunal con asistencia obligada, presencial o a distancia, de Presidente/a y
Secretario/a o, en su caso, de quienes les suplan, y de la mitad, al menos, de sus
miembros. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de tres meses, a
partir de su designación. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.4 Sesiones. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones del
Tribunal, para actuar válidamente requerirá idéntica mayoría de sus miembros, titulares o
suplentes, a la indicada en el apartado anterior.
5.5 Actuación del Tribunal. A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente
convocatoria. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a
lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Las actuaciones del Tribunal tendrán los efectos previstos en el artículo 95 del
Reglamento de Régimen económico-financiero de la Universidad, aprobado por el
Consejo de Gobierno en sesión de 22 de diciembre de 2021, y sus miembros percibirán
las indemnizaciones en concepto de asistencias previstas en el mismo.
5.6 Información a los participantes. A efectos de comunicaciones y demás
incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de PAS, Edificio de Servicios
Múltiples de la Universidad de Málaga, Plaza de El Ejido, s/n, 29071, Málaga. Asimismo,
cualquier información de interés para el proceso será publicada en la web de la
Universidad.
6.
Desarrollo del proceso
6.1 El proceso selectivo constará, exclusivamente, de una fase de concurso. En ella
se valorarán los méritos, con arreglo al baremo especificado en el Anexo I de la presente
Resolución. Los méritos se computarán con referencia al último día del plazo de
presentación de solicitudes
6.2 La puntuación máxima del proceso será de 100 puntos, de los que 90 serán por
la valoración de la experiencia profesional y 10 por otros méritos.
6.3 Para superar el proceso selectivo será necesario obtener un mínimo del 30% de
la puntuación total del concurso; esto es: 30 puntos.
6.4 Finalizada la baremación de los méritos por parte del Tribunal, las puntuaciones
obtenidas en la fase de concurso se harán públicas en la página web de la Universidad,
con carácter provisional, por orden de puntuación alcanzada y con indicación del nombre
y apellidos de cada aspirante. Contra este acuerdo podrán formularse alegaciones ante
el Tribunal en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de su
publicación.
6.5 Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará públicas las
puntuaciones definitivas.
6.6 En caso de empate de puntuaciones tras la aplicación del baremo, el Tribunal
aplicará el criterio de desempate establecido en el Anexo I de la presente convocatoria.
6.7 Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la
totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la
persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad,
comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por ésta en su
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
cve: BOE-A-2022-10479
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150