III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-10500)
Resolución de 15 de junio de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Jerez, Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda y Vinagre de Jerez, para la ejecución de una campaña de promoción internacional del sector del vinagre de Jerez.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 89143
– Selección de profesionales internacionales (importadores, periodistas,
prescriptores, etc.) que puedan ser de interés para la promoción del sector en el
mercado de destino.
– Otras acciones de promoción: concursos, exposiciones, degustaciones,
actividades dirigidas a medios de comunicación, bloggers, cadenas de distribución,
restaurantes, etc.
– Páginas webs de las campañas de promoción que se pongan en marcha en el
marco del convenio y los gastos de alquiler de servidores que éstas impliquen.
La enumeración de las actividades mencionadas constituye un marco en el que se va
a desarrollar la colaboración entre ICEX y el Colaborador Sectorial, por ello, si bien las
Partes reconocen que lo deseable sería dar cumplimiento a todas ellas, se dará prioridad
a la realización de aquellas que en base a un criterio de oportunidad tengan un mayor y
mejor impacto en sus intereses comunes.
En el supuesto de que puedan surgir actividades sobrevenidas no previstas en el
acuerdo inicial, será necesaria la formalización de una adenda de modificación conforme
a lo dispuesto en el presente convenio.
Para el desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, ICEX podrá
solicitar, cuando lo estimen necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas
Económicas y Comerciales de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes
se configuran como sus centros de actuación en el extranjero.
Tercera. Obligaciones de las Partes.
A tenor de lo expuesto, para la realización de las actividades referidas en la cláusula
anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta, asumiendo las siguientes
obligaciones:
a)
ICEX:
– Ejecutar a través de la Oficina Económica y Comercial en Nueva York, como
centro de actuación de ICEX en el extranjero, las acciones previstas en el Plan.
– Informar al Colaborador Sectorial de actividades propias que puedan ser de interés
para la internacionalización de la misma y de las empresas de su sector.
– Incluir contenidos relacionados con la internacionalización del sector en la
programación
anual
del
portal
«Foods
&
Wines
from
Spain»
(www.foodswinesfromspain.com) y su arquitectura de redes sociales.
– Realizar acciones informativas y formativas con las empresas del sector del
Colaborador Sectorial para fomentar su internacionalización y compartir oportunidades
de negocio en mercados estratégicos.
– Informar a ICEX si sobreviene alguna otra iniciativa de interés, en relación con el
objeto del convenio, para tomarla en consideración en el seno de la Comisión de
Seguimiento;
– Realizar su correspondiente aportación económica, en la proporción de su
porcentaje de financiación, como paso previo a la aceptación o formalización de
cualquier compromiso por parte de ICEX frente a terceros. El Plan no iniciará sus
actividades hasta que no hayan sido realizados todos los ingresos correspondientes al
mismo;
– Comunicar la realización de las actividades objeto del presente convenio a las
empresas que representan al sector y a aportar a ICEX toda la documentación requerida
para que pueda, en su caso, certificar la actividad ante FEDER;
– Cumplir con las correspondientes obligaciones fiscales, así como en materia
laboral y de seguridad social, así como;
cve: BOE-A-2022-10500
Verificable en https://www.boe.es
b) Colaborador Sectorial:
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 89143
– Selección de profesionales internacionales (importadores, periodistas,
prescriptores, etc.) que puedan ser de interés para la promoción del sector en el
mercado de destino.
– Otras acciones de promoción: concursos, exposiciones, degustaciones,
actividades dirigidas a medios de comunicación, bloggers, cadenas de distribución,
restaurantes, etc.
– Páginas webs de las campañas de promoción que se pongan en marcha en el
marco del convenio y los gastos de alquiler de servidores que éstas impliquen.
La enumeración de las actividades mencionadas constituye un marco en el que se va
a desarrollar la colaboración entre ICEX y el Colaborador Sectorial, por ello, si bien las
Partes reconocen que lo deseable sería dar cumplimiento a todas ellas, se dará prioridad
a la realización de aquellas que en base a un criterio de oportunidad tengan un mayor y
mejor impacto en sus intereses comunes.
En el supuesto de que puedan surgir actividades sobrevenidas no previstas en el
acuerdo inicial, será necesaria la formalización de una adenda de modificación conforme
a lo dispuesto en el presente convenio.
Para el desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, ICEX podrá
solicitar, cuando lo estimen necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas
Económicas y Comerciales de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes
se configuran como sus centros de actuación en el extranjero.
Tercera. Obligaciones de las Partes.
A tenor de lo expuesto, para la realización de las actividades referidas en la cláusula
anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta, asumiendo las siguientes
obligaciones:
a)
ICEX:
– Ejecutar a través de la Oficina Económica y Comercial en Nueva York, como
centro de actuación de ICEX en el extranjero, las acciones previstas en el Plan.
– Informar al Colaborador Sectorial de actividades propias que puedan ser de interés
para la internacionalización de la misma y de las empresas de su sector.
– Incluir contenidos relacionados con la internacionalización del sector en la
programación
anual
del
portal
«Foods
&
Wines
from
Spain»
(www.foodswinesfromspain.com) y su arquitectura de redes sociales.
– Realizar acciones informativas y formativas con las empresas del sector del
Colaborador Sectorial para fomentar su internacionalización y compartir oportunidades
de negocio en mercados estratégicos.
– Informar a ICEX si sobreviene alguna otra iniciativa de interés, en relación con el
objeto del convenio, para tomarla en consideración en el seno de la Comisión de
Seguimiento;
– Realizar su correspondiente aportación económica, en la proporción de su
porcentaje de financiación, como paso previo a la aceptación o formalización de
cualquier compromiso por parte de ICEX frente a terceros. El Plan no iniciará sus
actividades hasta que no hayan sido realizados todos los ingresos correspondientes al
mismo;
– Comunicar la realización de las actividades objeto del presente convenio a las
empresas que representan al sector y a aportar a ICEX toda la documentación requerida
para que pueda, en su caso, certificar la actividad ante FEDER;
– Cumplir con las correspondientes obligaciones fiscales, así como en materia
laboral y de seguridad social, así como;
cve: BOE-A-2022-10500
Verificable en https://www.boe.es
b) Colaborador Sectorial: