III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2022-10491)
Orden DEF/579/2022, de 9 de junio, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante la forma de ingreso con titulación previa y con especialidad en Ciencias de la Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Viernes 24 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 88671

2. El currículo que se aprueba en esta orden ministerial se implementará a partir del
curso 2022-2023.
Madrid, 9 de junio de 2022.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES PARA EL
ACCESO A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO MILITAR DE SANIDAD,
ESPECIALIDAD FUNDAMENTAL MEDICINA, MEDIANTE LA FORMA DE INGRESO
CON EXIGENCIA DE TITULACIÓN UNIVERSITARIA PREVIA, Y ESPECIALIDAD EN
CIENCIAS DE LA SALUD
Artículo 1.

Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.

Los perfiles a alcanzar por el oficial de la especialidad fundamental Medicina del
Cuerpo Militar de Sanidad, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas,
es decir: conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores en su primer empleo,
a los que se añade la amplia formación científica, tecnológica y humanística
proporcionada por el título de Grado o Licenciado en Medicina y la especialidad en
Ciencia de la Salud requerida para el acceso, junto con la necesaria aptitud para atender
a los cometidos de la especialidad fundamental Medicina del Cuerpo Militar de Sanidad,
serán aquellos que le capaciten para:

cve: BOE-A-2022-10491
Verificable en https://www.boe.es

a) Realizar la prestación personal directa que sea necesaria en las diferentes fases
del proceso de atención integral a la salud conforme a la competencia, responsabilidad y
autonomía inherentes a la correspondiente profesión sanitaria, basando su actuación en
los principios científicos, técnicos y éticos y en los niveles de calidad que establecen las
normas legales y obligaciones deontológicas que resulten aplicables.
b) Mantener la generosidad y la capacidad de servicio como máximo elemento
incentivador y promotor de la propia satisfacción personal y profesional, así como
observar la progresiva consideración multidisciplinar e interprofesional de los equipos
humanos en la atención a la salud y el intercambio de información con otros
profesionales.
c) Atender a la actualización permanente de los conocimientos profesionales, ante
la evolución científica y tecnológica y en atención a las demandas y necesidades de las
Fuerzas Armadas. Y mantener una actitud abierta hacia la innovación, basada en el
análisis científico de la propia experiencia y en la inquietud investigadora.
d) Ejercer, a su nivel, los cometidos propios de su especialidad fundamental,
desarrollando funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes,
mediante acciones directivas, incluidas las de mando, de gestión y ejecutivas, tanto en la
estructura orgánica como en la operativa de las Fuerzas Armadas, ya sea en
operaciones nacionales o multinacionales.
e) Poseer una adecuada capacidad de liderazgo, disciplina, mando, decisión y
compromiso ético. Y fundamentar el ejercicio del liderazgo en el prestigio profesional
adquirido mediante el ejemplo, la preparación y la decisión para la resolución de
problemas.