I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-10449)
Enmiendas de 2020 al Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) adoptadas en Londres el 11 de noviembre de 2020 mediante la Resolución MSC.477(102).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Capítulo 5.5
5.5.1
5.5.2
5.5.3
5.5.4
Sec. I. Pág. 87421
Disposiciones especiales
[Reservado].
Disposiciones especiales aplicables a las unidades de transporte
sometidas a fumigación (No ONU 3359).
Disposiciones especiales aplicables a los bultos y a las unidades de
transporte que contienen sustancias que presentan un riesgo de asfixia
cuando se utilizan con fines de refrigeración o acondicionamiento
(como el hielo seco (No ONU 1845) o el nitrógeno líquido refrigerado
(No ONU 1977) o el argón líquido refrigerado (No ONU 1951) o el nitrógeno).
Mercancías peligrosas contenidas en equipos utilizados o destinados a ser
utilizados durante el transporte.
PARTE 6 CONSTRUCCIÓN Y ENSAYO DE EMBALAJES/ENVASES,
RECIPIENTES INTERMEDIOS PARA GRANELES (RIG),
EMBALAJES/ENVASES DE GRAN TAMAÑO, CISTERNAS PORTÁTILES,
CONTENEDORES DE GAS DE ELEMENTOS MÚLTIPLES (CGEM)
Y VEHÍCULOS CISTERNA PARA EL TRANSPORTE POR CARRETERA
6.1.1
6.1.2
6.1.3
6.1.4
6.1.5
Capítulo 6.2
6.2.1
6.2.2
6.2.3
6.2.4
Capítulo 6.3
6.3.1
6.3.2
6.3.3
6.3.4
6.3.5
Capítulo 6.4
6.4.1
6.4.2
6.4.3
6.4.4
6.4.5
Disposiciones relativas a la construcción y el ensayo
de los embalajes/envases
Aplicabilidad y disposiciones generales.
Código para designar los distintos tipos de embalajes/envases.
Marcado.
Disposiciones relativas a los embalajes/envases.
Disposiciones relativas a los ensayos de los embalajes/envases.
Disposiciones relativas a la construcción y el ensayo
de recipientes a presión, generadores de aerosoles,
recipientes pequeños que contienen gas (cartuchos
de gas) y cartuchos para pilas de combustible que
contienen gas licuado inflamable
Disposiciones generales.
Disposiciones aplicables a los recipientes a presión con la marca «UN».
Disposiciones aplicables a los recipientes a presión sin la marca «UN».
Disposiciones aplicables a los generadores de aerosoles,
recipientes de pequeña capacidad que contienen gas (cartuchos de gas) y
cartuchos para pilas de combustible que contienen
gas licuado inflamable.
Disposiciones relativas a la construcción y el ensayo de
los embalajes/envases para sustancias infecciosas
de categoría A de la clase 6.2 (Nos ONU 2814 y 2900)
Generalidades.
Disposiciones relativas a los embalajes/envases.
Código para designar los tipos de embalajes/envases.
Marcado.
Disposiciones relativas a los ensayos de los embalajes/envases.
Disposiciones relativas a la construcción, ensayo y
aprobación de bultos para materiales radiactivos
y a la aprobación de dichos materiales
[Reservado].
Disposiciones generales.
Disposiciones complementarias relativas a bultos transportados
por vía aérea.
Disposiciones relativas a los bultos exceptuados.
Disposiciones relativas a los bultos industriales .
cve: BOE-A-2022-10449
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo 6.1
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Capítulo 5.5
5.5.1
5.5.2
5.5.3
5.5.4
Sec. I. Pág. 87421
Disposiciones especiales
[Reservado].
Disposiciones especiales aplicables a las unidades de transporte
sometidas a fumigación (No ONU 3359).
Disposiciones especiales aplicables a los bultos y a las unidades de
transporte que contienen sustancias que presentan un riesgo de asfixia
cuando se utilizan con fines de refrigeración o acondicionamiento
(como el hielo seco (No ONU 1845) o el nitrógeno líquido refrigerado
(No ONU 1977) o el argón líquido refrigerado (No ONU 1951) o el nitrógeno).
Mercancías peligrosas contenidas en equipos utilizados o destinados a ser
utilizados durante el transporte.
PARTE 6 CONSTRUCCIÓN Y ENSAYO DE EMBALAJES/ENVASES,
RECIPIENTES INTERMEDIOS PARA GRANELES (RIG),
EMBALAJES/ENVASES DE GRAN TAMAÑO, CISTERNAS PORTÁTILES,
CONTENEDORES DE GAS DE ELEMENTOS MÚLTIPLES (CGEM)
Y VEHÍCULOS CISTERNA PARA EL TRANSPORTE POR CARRETERA
6.1.1
6.1.2
6.1.3
6.1.4
6.1.5
Capítulo 6.2
6.2.1
6.2.2
6.2.3
6.2.4
Capítulo 6.3
6.3.1
6.3.2
6.3.3
6.3.4
6.3.5
Capítulo 6.4
6.4.1
6.4.2
6.4.3
6.4.4
6.4.5
Disposiciones relativas a la construcción y el ensayo
de los embalajes/envases
Aplicabilidad y disposiciones generales.
Código para designar los distintos tipos de embalajes/envases.
Marcado.
Disposiciones relativas a los embalajes/envases.
Disposiciones relativas a los ensayos de los embalajes/envases.
Disposiciones relativas a la construcción y el ensayo
de recipientes a presión, generadores de aerosoles,
recipientes pequeños que contienen gas (cartuchos
de gas) y cartuchos para pilas de combustible que
contienen gas licuado inflamable
Disposiciones generales.
Disposiciones aplicables a los recipientes a presión con la marca «UN».
Disposiciones aplicables a los recipientes a presión sin la marca «UN».
Disposiciones aplicables a los generadores de aerosoles,
recipientes de pequeña capacidad que contienen gas (cartuchos de gas) y
cartuchos para pilas de combustible que contienen
gas licuado inflamable.
Disposiciones relativas a la construcción y el ensayo de
los embalajes/envases para sustancias infecciosas
de categoría A de la clase 6.2 (Nos ONU 2814 y 2900)
Generalidades.
Disposiciones relativas a los embalajes/envases.
Código para designar los tipos de embalajes/envases.
Marcado.
Disposiciones relativas a los ensayos de los embalajes/envases.
Disposiciones relativas a la construcción, ensayo y
aprobación de bultos para materiales radiactivos
y a la aprobación de dichos materiales
[Reservado].
Disposiciones generales.
Disposiciones complementarias relativas a bultos transportados
por vía aérea.
Disposiciones relativas a los bultos exceptuados.
Disposiciones relativas a los bultos industriales .
cve: BOE-A-2022-10449
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Capítulo 6.1