III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-10427)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque portuario en los puertos de Palma, Alcudia, Maó y Eivissa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 87300

SÍ NO

ii. decisiones administrativas que no sean definitivas y que puedan incluir medidas
disciplinarias adoptadas por el organismo de supervisión competente responsable de la
verificación de la aplicación de los estándares de ética profesional;

☐ ☐

iii. decisiones de la CNMC relativas a la infracción de las normas de competencia o de
su equivalente en el país donde el solicitante esté establecido relativas a la infracción de
la legislación en materia de competencia nacional o de la Unión;

☐ ☐

(j) ha incluido datos falsos o engañosos en la información requerida por la Autoridad
Portuaria como condición para la participación en el procedimiento de otorgamiento, o no
ha aportado dicha información;

☐ ☐

(2) Si el solicitante declara alguna de las situaciones de exclusión indicadas arriba,
debe indicar las medidas que han sido tomadas para corregir cualquier situación de
exclusión, así como para demostrar su fiabilidad. Esto puede incluir, por ejemplo,
medidas técnicas, organizacionales y personales para prevenir incidencias posteriores,
compensación del daño o pago de multas, de tasas o contribuciones a la seguridad
social, así como el cumplimiento de condenas o sanciones. La evidencia documental
correspondiente que ilustre las medidas correctoras adoptadas deberá ser aportada
como anexo a esta declaración. Lo anterior no aplica a las situaciones indicadas en el
punto (d) del apartado anterior de esta declaración.
Para evaluar la honorabilidad del solicitante, la Autoridad Portuaria tendrá en cuenta
tanto las incidencias marcadas en el apartado (1), como la documentación adicional
aportada conforme a este apartado (2).
(3) Reconoce que se podrá rechazar la participación en el presente procedimiento
del solicitante y que este podrá ser objeto de sanciones administrativas (exclusión o
sanción financiera) si se demuestra la falsedad de cualquiera de las declaraciones o
informaciones facilitadas como condición para la participación.
En .................., a ......... de ............. de 20.....
Firmado
ANEXO VII
Índices de variación de precios
Índice de variación del precio del coste laboral:
La ruta a seguir en la página web del INE para acceder a la información necesaria es
la siguiente: INEbase > Salarios y costes laborales > Encuesta trimestral de coste laboral
> Resultados nacionales (desde el trimestre 1/2008).
El enlace directo a la página en el momento de aprobación del presente Pliego es
http://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=6033
Índice de variación del precio del combustible utilizado por las embarcaciones:
La ruta a seguir en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica para
acceder a la información necesaria es la siguiente: Energía > El Petróleo > Precios y
tarifas > Informes anuales.
El enlace directo a la página en el momento de aprobación del presente Pliego es
https://energia.gob.es/petroleo/Informes/InformesAnuales/Paginas/InformesAnuales.aspx
Índice de variación del precio de las operaciones de mantenimiento y reparaciones
del sector naval:

cve: BOE-A-2022-10427
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 149