III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-10427)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque portuario en los puertos de Palma, Alcudia, Maó y Eivissa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87262
Prescripción 11.ª: Condiciones de solvencia económico-financiera y técnico-profesional.
a.
Solvencia económico-financiera.
1. El solicitante deberá contar para la obtención de la licencia, y durante toda la
vigencia de esta, con un patrimonio neto superior al 20% del coste de adquisición de los
medios materiales mínimos exigidos para ser titular de una licencia (que será
debidamente justificado en la solicitud) y superior al 30% de los activos totales de la
empresa solicitante.
2. Este requisito podrá acreditarse, entre otros, por alguno de los medios
siguientes:
a) Informes de instituciones financieras.
b) Presentación de las cuentas anuales auditadas o extracto de las mismas, en el
supuesto de que la publicación de estas sea obligatoria en los Estados en donde
aquellas se encuentren establecidas.
c) En el caso de empresas de nueva creación, los solicitantes deberán aportar las
escrituras públicas de suscripción y desembolso del capital social.
3. Si, por una razón justificada, el solicitante no está en condiciones de presentar
las referencias solicitadas, la Autoridad Portuaria podrá evaluar su solvencia económica
y financiera por medio de cualquier otro documento, de los legalmente establecidos, que
considere apropiado.
4. La Autoridad Portuaria puede en todo momento evaluar la situación económicofinanciera de los licenciatarios con el objetivo de verificar el mantenimiento durante el
plazo de la licencia de este requisito.
b.
Solvencia técnico-profesional.
1. La solvencia técnico-profesional del solicitante quedará acreditada teniendo en
cuenta su capacidad para la prestación del servicio en las condiciones establecidas en el
TRLPEMM y en estas Prescripciones Particulares:
a) Cuando la empresa acredite disponer de los medios humanos establecidos en la
Prescripción 12.ª y que estos tengan la cualificación profesional exigida en la misma.
b) Cuando la empresa acredite disponer de los medios materiales exigidos en la
Prescripción 12.ª, y que estos tengan la cualificación profesional exigida en la misma, así
como la adecuada formación como garantía de calidad, seguridad y experiencia.
Estos requisitos se deberán de mantener a lo largo de todo el periodo de vigencia
para el que se hubiera otorgado pudiendo ser objeto de verificación por la Autoridad
Portuaria en cualquier momento.
Prescripción 12.ª
Medios humanos y materiales mínimos exigidos.
Puerto de Palma:
Características
Tracción a punto fijo mínima.
Remolcador 1 Palma
50 T
Sistema de propulsión y gobierno. Azimutal o cicloidal
cve: BOE-A-2022-10427
Verificable en https://www.boe.es
a. Medios materiales mínimos exigidos para prestar el servicio.
1. En aplicación de lo establecido en el artículo 113.4.g) del TRLPEMM, los medios
materiales mínimos exigidos para ser titular de la licencia, a cada prestador para prestar
el servicio son los siguientes 5 remolcadores:
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87262
Prescripción 11.ª: Condiciones de solvencia económico-financiera y técnico-profesional.
a.
Solvencia económico-financiera.
1. El solicitante deberá contar para la obtención de la licencia, y durante toda la
vigencia de esta, con un patrimonio neto superior al 20% del coste de adquisición de los
medios materiales mínimos exigidos para ser titular de una licencia (que será
debidamente justificado en la solicitud) y superior al 30% de los activos totales de la
empresa solicitante.
2. Este requisito podrá acreditarse, entre otros, por alguno de los medios
siguientes:
a) Informes de instituciones financieras.
b) Presentación de las cuentas anuales auditadas o extracto de las mismas, en el
supuesto de que la publicación de estas sea obligatoria en los Estados en donde
aquellas se encuentren establecidas.
c) En el caso de empresas de nueva creación, los solicitantes deberán aportar las
escrituras públicas de suscripción y desembolso del capital social.
3. Si, por una razón justificada, el solicitante no está en condiciones de presentar
las referencias solicitadas, la Autoridad Portuaria podrá evaluar su solvencia económica
y financiera por medio de cualquier otro documento, de los legalmente establecidos, que
considere apropiado.
4. La Autoridad Portuaria puede en todo momento evaluar la situación económicofinanciera de los licenciatarios con el objetivo de verificar el mantenimiento durante el
plazo de la licencia de este requisito.
b.
Solvencia técnico-profesional.
1. La solvencia técnico-profesional del solicitante quedará acreditada teniendo en
cuenta su capacidad para la prestación del servicio en las condiciones establecidas en el
TRLPEMM y en estas Prescripciones Particulares:
a) Cuando la empresa acredite disponer de los medios humanos establecidos en la
Prescripción 12.ª y que estos tengan la cualificación profesional exigida en la misma.
b) Cuando la empresa acredite disponer de los medios materiales exigidos en la
Prescripción 12.ª, y que estos tengan la cualificación profesional exigida en la misma, así
como la adecuada formación como garantía de calidad, seguridad y experiencia.
Estos requisitos se deberán de mantener a lo largo de todo el periodo de vigencia
para el que se hubiera otorgado pudiendo ser objeto de verificación por la Autoridad
Portuaria en cualquier momento.
Prescripción 12.ª
Medios humanos y materiales mínimos exigidos.
Puerto de Palma:
Características
Tracción a punto fijo mínima.
Remolcador 1 Palma
50 T
Sistema de propulsión y gobierno. Azimutal o cicloidal
cve: BOE-A-2022-10427
Verificable en https://www.boe.es
a. Medios materiales mínimos exigidos para prestar el servicio.
1. En aplicación de lo establecido en el artículo 113.4.g) del TRLPEMM, los medios
materiales mínimos exigidos para ser titular de la licencia, a cada prestador para prestar
el servicio son los siguientes 5 remolcadores: