III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-10422)
Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la realización de prácticas académicas externas y trabajos de fin de grado y máster.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87134
Tercera.
El presente convenio regula la realización de prácticas académicas externas no
remuneradas, por lo que no conlleva obligaciones financieras o contraprestaciones
económicas para las Partes. La relación de los estudiantes con la Entidad Colaboradora no
supondrá otros compromisos que los establecidos en el presente convenio y en el
correspondiente «Compromiso de Prácticas/Co-tutela TFG-TFM», y no dará lugar a
obligaciones propias de una relación laboral. En el caso de que al término de las prácticas o
de los TFG o TFM los estudiantes se incorporen a la plantilla de la Entidad Colaboradora, el
tiempo de realización de las prácticas o los TFG o TFM no se computará a efectos de
antigüedad, salvo que la normativa laboral aplicable disponga lo contrario.
Durante la realización de las prácticas los estudiantes menores de veintiocho años
estarán cubiertos por el Seguro Escolar correspondiente a su matriculación en la
Universidad de Alcalá. Los estudiantes que superen dicha edad o que no sean
beneficiarios del Seguro Escolar deberán disponer antes del inicio de las prácticas de un
seguro de accidentes con cobertura similar a la del Seguro Escolar. Asimismo, antes del
inicio de las prácticas los estudiantes deberán disponer de un seguro de responsabilidad
civil que cubra los daños materiales y personales que puedan causar durante el
desarrollo de las prácticas.
Renfe-Operadora no asume ninguna obligación de aseguramiento en relación con los
estudiantes en prácticas, por lo que no se admitirá a ningún estudiante que no esté provisto
de los correspondientes seguros, en los términos establecidos en el párrafo precedente.
Cuarta.
Los estudiantes desarrollarán su estancia en prácticas o la realización de los TFG y
TFM en Renfe-Operadora bajo la dirección conjunta de un tutor académico nombrado
por la UAH y de un tutor profesional designado por la Entidad Colaboradora. Ambos
tutores actuarán coordinadamente en el seguimiento de la formación práctica de los
estudiantes y, en el caso de los TFG y TFM, compartirán con el cotutor las tareas de
dirección y orientación de dichos trabajos.
El tutor de Renfe-Operadora establecerá las tareas a llevar a cabo por los
estudiantes durante su estancia en dicha entidad, conforme a lo establecido en el
correspondiente proyecto formativo, y supervisará y orientará las actividades que lleven
a cabo. Al finalizar el período de las prácticas o la realización del TFG o TFM, dicho tutor
realizará un informe final, que remitirá al tutor académico de la Universidad de Alcalá. En
el caso de las prácticas, el referido informe recogerá el número de horas realizadas por
el estudiante, así como la valoración de las competencias genéricas y específicas que
haya adquirido durante su estancia en Renfe-Operadora. En el caso de los TFG o TFM,
el informe será favorable o desfavorable, teniendo en cuenta la calidad del trabajo
desarrollado, así como su claridad y corrección.
Durante su estancia en prácticas o la realización del TFG o TFM, los estudiantes
deberán respetar las normas establecidas por la Entidad Colaboradora relativas a
horarios, funcionamiento, seguridad, higiene y prevención de riesgos laborales, y
realizarán con diligencia las actividades contenidas en su proyecto formativo siguiendo
las indicaciones del tutor asignado por la Entidad Colaboradora, y bajo la supervisión del
tutor académico de la Universidad.
Igualmente, los estudiantes se comprometerán con anterioridad al inicio del periodo
de prácticas o de la realización del TFG o TFM a guardar secreto y confidencialidad
respecto de cualquier información, incluidos datos personales, a la que tengan acceso.
El compromiso de secreto y confidencialidad estará vigente durante todo el periodo de
prácticas y de realización del TFG o TFM, y se mantendrá tras su finalización.
cve: BOE-A-2022-10422
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87134
Tercera.
El presente convenio regula la realización de prácticas académicas externas no
remuneradas, por lo que no conlleva obligaciones financieras o contraprestaciones
económicas para las Partes. La relación de los estudiantes con la Entidad Colaboradora no
supondrá otros compromisos que los establecidos en el presente convenio y en el
correspondiente «Compromiso de Prácticas/Co-tutela TFG-TFM», y no dará lugar a
obligaciones propias de una relación laboral. En el caso de que al término de las prácticas o
de los TFG o TFM los estudiantes se incorporen a la plantilla de la Entidad Colaboradora, el
tiempo de realización de las prácticas o los TFG o TFM no se computará a efectos de
antigüedad, salvo que la normativa laboral aplicable disponga lo contrario.
Durante la realización de las prácticas los estudiantes menores de veintiocho años
estarán cubiertos por el Seguro Escolar correspondiente a su matriculación en la
Universidad de Alcalá. Los estudiantes que superen dicha edad o que no sean
beneficiarios del Seguro Escolar deberán disponer antes del inicio de las prácticas de un
seguro de accidentes con cobertura similar a la del Seguro Escolar. Asimismo, antes del
inicio de las prácticas los estudiantes deberán disponer de un seguro de responsabilidad
civil que cubra los daños materiales y personales que puedan causar durante el
desarrollo de las prácticas.
Renfe-Operadora no asume ninguna obligación de aseguramiento en relación con los
estudiantes en prácticas, por lo que no se admitirá a ningún estudiante que no esté provisto
de los correspondientes seguros, en los términos establecidos en el párrafo precedente.
Cuarta.
Los estudiantes desarrollarán su estancia en prácticas o la realización de los TFG y
TFM en Renfe-Operadora bajo la dirección conjunta de un tutor académico nombrado
por la UAH y de un tutor profesional designado por la Entidad Colaboradora. Ambos
tutores actuarán coordinadamente en el seguimiento de la formación práctica de los
estudiantes y, en el caso de los TFG y TFM, compartirán con el cotutor las tareas de
dirección y orientación de dichos trabajos.
El tutor de Renfe-Operadora establecerá las tareas a llevar a cabo por los
estudiantes durante su estancia en dicha entidad, conforme a lo establecido en el
correspondiente proyecto formativo, y supervisará y orientará las actividades que lleven
a cabo. Al finalizar el período de las prácticas o la realización del TFG o TFM, dicho tutor
realizará un informe final, que remitirá al tutor académico de la Universidad de Alcalá. En
el caso de las prácticas, el referido informe recogerá el número de horas realizadas por
el estudiante, así como la valoración de las competencias genéricas y específicas que
haya adquirido durante su estancia en Renfe-Operadora. En el caso de los TFG o TFM,
el informe será favorable o desfavorable, teniendo en cuenta la calidad del trabajo
desarrollado, así como su claridad y corrección.
Durante su estancia en prácticas o la realización del TFG o TFM, los estudiantes
deberán respetar las normas establecidas por la Entidad Colaboradora relativas a
horarios, funcionamiento, seguridad, higiene y prevención de riesgos laborales, y
realizarán con diligencia las actividades contenidas en su proyecto formativo siguiendo
las indicaciones del tutor asignado por la Entidad Colaboradora, y bajo la supervisión del
tutor académico de la Universidad.
Igualmente, los estudiantes se comprometerán con anterioridad al inicio del periodo
de prácticas o de la realización del TFG o TFM a guardar secreto y confidencialidad
respecto de cualquier información, incluidos datos personales, a la que tengan acceso.
El compromiso de secreto y confidencialidad estará vigente durante todo el periodo de
prácticas y de realización del TFG o TFM, y se mantendrá tras su finalización.
cve: BOE-A-2022-10422
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.