III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-10418)
Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para el desarrollo de un itinerario de formación en alternancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 23 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 87084

El Coste para la APBA por cada año de Convenio ascenderá a 6.500 euros al año
incluida la Seguridad Social, lo que supone un total de 26.000 euros por los cuatro años
del plazo previsto del convenio.
Duodécima.

Responsabilidades y seguros.

La UCA concertará una póliza de responsabilidad civil para cubrir los daños que el
alumnado pueda ocasionar por la realización del proyecto formativo en la APBA.
Ni la Universidad ni el alumnado en formación serán responsables de los eventuales
daños cuando se deriven de órdenes o instrucciones dadas por el tutor o tutora de la
APBA que no figuren en el proyecto formativo.
El alumnado menor de 28 años, tanto español como europeo o extranjero con
permiso de residencia, está cubierto por el seguro escolar.
Decimotercera.
estudio.

Derechos de propiedad intelectual e industrial de los trabajos fin de

El Trabajo Fin de Máster es un trabajo protegido por la Ley de Propiedad Intelectual
y, en consecuencia, la titularidad de tales derechos corresponderá, en principio, a quien
lo haya realizado.
Decimocuarta. Protección de datos del alumnado.
Los datos del alumnado que desarrolla el programa de formación mediante itinerarios
formativos en alternancia en la APBA deberán ser utilizados por la misma a los
exclusivos fines del presente Convenio.
Ambas partes se comprometen además a cumplir estrictamente las exigencias
impuestas en este ámbito por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y
demás normas concordantes.
Decimoquinta.

Seguimiento y evaluación para mantener la participación de la APBA.

El órgano de la UCA responsable de la titulación, al finalizar cada curso académico,
realizará los siguientes procedimientos de seguimiento y evaluación para mantener la
participación de la APBA en el programa de formación en alternancia:
a) Valorará el cumplimento de las obligaciones adquiridas con la firma del presente
convenio, por parte de la APBA.
b) Valorará la participación activa de los y las representantes de la APBA en
aquellas funciones asignadas a la Comisión Mixta.
c) Se tendrá especial atención al cumplimento de los plazos en la entrega de los
informes a la Universidad, así como a la formalización de los certificados solicitados por
parte del alumnado.
Vigencia, modificación y extinción del convenio.

Tras los trámites previos y preceptivos establecidos en el Art. 50 de la Ley 40/2015,
el presente Convenio se perfeccionará tras su firma, adquiriendo eficacia una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO) en el plazo de 5 días desde su formalización. Asimismo, el
presente Convenio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de 10
días hábiles desde su formalización, tal como prevé el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre

cve: BOE-A-2022-10418
Verificable en https://www.boe.es

Decimosexta.