III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-10428)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación, en materia de telecomunicaciones en el ámbito de la educación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 23 de junio de 2022

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obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado
en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las
partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el
convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de
los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
El cumplimiento o la resolución del convenio darán lugar a la liquidación del mismo
con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las Partes
en los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015.
No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución
del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la
comisión de seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las
actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable
para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas
en los términos establecidos en el párrafo anterior.
Décima.

Protección de datos y secreto profesional.

Las entidades y el personal encargado de la realización de las actuaciones que se
desarrollen en el marco del convenio, guardarán secreto profesional sobre todas las
informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la
vigencia del mismo, y están obligados a no hacer públicos cuantos datos conozcan con
motivo de su ejecución.
Las partes se obligan respecto a la protección de los datos de carácter personal que
puedan recabarse y tratarse para hacer efectivo el presente convenio, al cumplimiento
de la normativa nacional y comunitaria en materia de protección de datos, en especial, a
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos.
Del tratamiento de los datos de carácter personal se dará la correspondiente
información a los interesados, con el contenido que contempla la legislación referenciada
de protección de datos de carácter personal.
Cada parte será responsable de sus correspondientes tratamientos de datos de
carácter personal y del absoluto respeto a la normativa de protección de datos.
Naturaleza jurídica.

El presente convenio es un convenio interadministrativo de los previstos en el
artículo 47.2.a de la Ley 40/2015 quedando sometido al régimen jurídico de convenios
previsto en el Capítulo VI Título Preliminar de la citada Ley y se regirá por su clausulado.
Todo ello sin perjuicio de que, conforme al artículo 4. de la citada Ley, se apliquen los
principios de la misma para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse
Duodécima.

Régimen de resolución de conflictos.

La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las
Partes, a través de la comisión de seguimiento. El orden jurisdiccional contenciosoadministrativo es el competente para conocer las cuestiones que puedan suscitarse

cve: BOE-A-2022-10428
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.