II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2 y C1. (BOE-A-2022-10370)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 86818
La fecha de cese de acuerdo con lo previsto en el art. 48.2 del Real
Decreto 364/1995 podrá prorrogarse hasta un máximo de tres meses (computada la
prórroga prevista en el párrafo anterior) por la Secretaría de Estado de Función Pública a
propuesta del Departamento donde preste servicios el funcionario/a seleccionado,
teniendo carácter excepcional y debiendo motivarse en exigencias del normal
funcionamiento de los servicios.
Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de
excedencia voluntaria.
10. Con independencia de lo establecido en los puntos anteriores, el Consejo de
Seguridad Nuclear podrá conceder prórroga de incorporación de hasta veinte días
hábiles si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por
razones justificadas.
Décima.
Recursos.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición, ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes
desde su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o impugnarlo directamente, mediante recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo previsto en la
disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2022-10370
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 15 de junio de 2022.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan
Carlos Lentijo Lentijo.
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 86818
La fecha de cese de acuerdo con lo previsto en el art. 48.2 del Real
Decreto 364/1995 podrá prorrogarse hasta un máximo de tres meses (computada la
prórroga prevista en el párrafo anterior) por la Secretaría de Estado de Función Pública a
propuesta del Departamento donde preste servicios el funcionario/a seleccionado,
teniendo carácter excepcional y debiendo motivarse en exigencias del normal
funcionamiento de los servicios.
Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de
excedencia voluntaria.
10. Con independencia de lo establecido en los puntos anteriores, el Consejo de
Seguridad Nuclear podrá conceder prórroga de incorporación de hasta veinte días
hábiles si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por
razones justificadas.
Décima.
Recursos.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición, ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes
desde su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o impugnarlo directamente, mediante recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo previsto en la
disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2022-10370
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 15 de junio de 2022.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan
Carlos Lentijo Lentijo.