III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-10433)
Resolución de 15 de junio de 2022, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87335
profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
Instituciones/entidades colaboradoras que permitan completar el proceso formativo del
alumnado con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos, mediante
la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior incorporación al mundo
laboral.
Segundo.
Que el Organismo Autónomo Parques Nacionales (en adelante, OAPN) es un
organismo autónomo de los regulados en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, adscrito al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con la Disposición adicional
séptima del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Al OAPN le corresponde, entre otras funciones establecidas en el Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril, el apoyo, como medio instrumental para el desarrollo
de acciones concretas, al desarrollo de las políticas del departamento en materia de
biodiversidad, conservación y uso sostenible de los recursos naturales, conservación de
fauna, flora, hábitat y ecosistemas naturales en el medio terrestre y marino, así como la
prestación al público de servicios de información y documentación especializados en
materia de espacios protegidos, conservación de la naturaleza, divulgación,
comunicación y educación ambiental.
Tercero.
Que es voluntad de las partes colaborar en la formación práctica de los estudiantes
universitarios, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su
empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
Por todo ello, deciden concertar el presente Convenio al amparo de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de acuerdo
con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Segunda.
Proyecto formativo.
El proyecto formativo a realizar por los estudiantes universitarios deberá fijar los
objetivos educativos y las actividades a desarrollar y será aprobado por la comisión de
seguimiento regulada en la cláusula undécima. Asimismo, los contenidos de las prácticas
se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con
los estudios cursados.
cve: BOE-A-2022-10433
Verificable en https://www.boe.es
El Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el OAPN y
la UPM, para el desarrollo de un programa de prácticas académicas externas
curriculares y para los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por la
mencionada Universidad, en los términos recogidos en el Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Las prácticas podrán incluir, en su caso, la realización del Trabajo Fin de Grado o
Máster, y se desarrollarán durante los meses que dure el curso académico.
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87335
profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
Instituciones/entidades colaboradoras que permitan completar el proceso formativo del
alumnado con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos, mediante
la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior incorporación al mundo
laboral.
Segundo.
Que el Organismo Autónomo Parques Nacionales (en adelante, OAPN) es un
organismo autónomo de los regulados en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, adscrito al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con la Disposición adicional
séptima del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Al OAPN le corresponde, entre otras funciones establecidas en el Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril, el apoyo, como medio instrumental para el desarrollo
de acciones concretas, al desarrollo de las políticas del departamento en materia de
biodiversidad, conservación y uso sostenible de los recursos naturales, conservación de
fauna, flora, hábitat y ecosistemas naturales en el medio terrestre y marino, así como la
prestación al público de servicios de información y documentación especializados en
materia de espacios protegidos, conservación de la naturaleza, divulgación,
comunicación y educación ambiental.
Tercero.
Que es voluntad de las partes colaborar en la formación práctica de los estudiantes
universitarios, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su
empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
Por todo ello, deciden concertar el presente Convenio al amparo de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de acuerdo
con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Segunda.
Proyecto formativo.
El proyecto formativo a realizar por los estudiantes universitarios deberá fijar los
objetivos educativos y las actividades a desarrollar y será aprobado por la comisión de
seguimiento regulada en la cláusula undécima. Asimismo, los contenidos de las prácticas
se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con
los estudios cursados.
cve: BOE-A-2022-10433
Verificable en https://www.boe.es
El Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el OAPN y
la UPM, para el desarrollo de un programa de prácticas académicas externas
curriculares y para los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por la
mencionada Universidad, en los términos recogidos en el Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Las prácticas podrán incluir, en su caso, la realización del Trabajo Fin de Grado o
Máster, y se desarrollarán durante los meses que dure el curso académico.