III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-10424)
Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para el desarrollo de un itinerario de formación en alternancia del alumnado de Máster en Logística y Gestión de Operaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 23 de junio de 2022
Duodécima.

Sec. III. Pág. 87157

Responsabilidades y seguros.

La UCA concertará una póliza de responsabilidad civil para cubrir los daños que el
alumnado pueda ocasionar por la realización del proyecto formativo en la APH.
Ni la Universidad ni el alumnado en formación serán responsables de los eventuales
daños cuando se deriven de órdenes o instrucciones dadas por el tutor o tutora de la
APH que no figuren en el proyecto formativo.
El alumnado menor de 28 años, tanto español como europeo o extranjero con
permiso de residencia, está cubierto por el seguro escolar.
Decimotercera.
estudio.

Derechos de propiedad intelectual e industrial de los trabajos fin de

El Trabajo Fin de Máster es un trabajo protegido por la Ley de Propiedad Intelectual
y, en consecuencia, la titularidad de tales derechos corresponderá, en principio, a quien
lo haya realizado.
Decimocuarta.

Protección de datos del alumnado.

Los datos del alumnado que desarrolla el programa de formación mediante itinerarios
formativos en alternancia en la APH deberán ser utilizados por la misma a los exclusivos
fines del presente Convenio.
Ambas partes se comprometen además a cumplir estrictamente las exigencias
impuestas en este ámbito por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y
demás normas concordantes.
Decimoquinta.

Seguimiento y evaluación para mantener la participación de la APH.

El órgano de la UCA responsable de la titulación, al finalizar cada curso académico,
realizará los siguientes procedimientos de seguimiento y evaluación para mantener la
participación de la APH en el programa de formación en alternancia:
a) Valorará el cumplimento de las obligaciones adquiridas con la firma del presente
convenio, por parte de la APH.
b) Valorará la participación activa de los y las representantes de la APH en aquellas
funciones asignadas a la Comisión Mixta.
c) Se tendrá especial atención al cumplimento de los plazos en la entrega de los
informes a la Universidad, así como a la formalización de los certificados solicitados por
parte del alumnado.
Vigencia.

El presente Convenio tendrá una duración de cuatro años, concretándose en los
cursos académicos que correspondan dentro del plazo previsto. En cualquier momento,
antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga por un periodo máximo de hasta cuatro años adicionales.
Igualmente, cualquiera de las partes podrá solicitar, a través de la Comisión Mixta, la
rescisión anticipada del programa de formación en alternancia por la imposibilidad de
llevar adelante las actividades programadas. En tal caso hará efectiva dicha rescisión
mediante resolución escrita en un plazo no superior a cinco días desde la recepción de
dicha solicitud, sin que ello origine ningún tipo de indemnización.
Tras los trámites previos y preceptivos establecidos en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, el presente Convenio se perfeccionará tras su firma, adquiriendo eficacia

cve: BOE-A-2022-10424
Verificable en https://www.boe.es

Decimosexta.