III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-10403)
Resolución de 13 de junio de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Pompeu Fabra y el Consorcio Casa Asia, para la colaboración en actividades de carácter formativo que impulsen el conocimiento sobre la realidad política, económica y social de Asia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 23 de junio de 2022

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g) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
El cumplimiento y resolución del Convenio tendrá los efectos establecidos en el
artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En todo caso, cuando concurra
cualquiera de las causas de resolución del Convenio y existan actuaciones en curso de
ejecución, las Partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, podrán acordar la
continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas,
estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá
realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el apartado 2 del
artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarta.

Naturaleza jurídica.

El presente acuerdo tiene carácter de Convenio de los previstos en el capítulo VI de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimoquinta.

Responsabilidad individual.

Cada Parte solo será responsable de las obligaciones asumidas en este Convenio, y
nunca será responsable solidario de las responsabilidades asumidas por la otra Parte.
Decimosexta.

Resolución de controversias y jurisdicción.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación,
resolución y efectos de este Convenio, si no se llegara a un acuerdo a través de la
Comisión de Seguimiento, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.

cve: BOE-A-2022-10403
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido,
los intervinientes firman el presente Convenio en sus respectivas sedes y en las
fechas indicadas en las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del
presente documento la fecha del último firmante.–Por la Universitat Pompeu Fabra, el
Vicerrector de Relaciones Internacionales, el 25 de mayo de 2022, Antoni Luna García.–
Por Casa Asia, el Director General, el 19 de mayo de 2022, Javier Parrondo Babarro.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X