III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Española de Balonmano. Estatutos. (BOE-A-2022-10336)
Resolución de 9 de junio de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Balonmano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 22 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 86657

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
10336

Resolución de 9 de junio de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Real
Federación Española de Balonmano.

En ejercicio de las competencias conferidas por el Artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990,
de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 14 de marzo de 2022, ha aprobado definitivamente la modificación de
los artículos 36, 52, 54, 58, 61, 64, 65, 66, 70, 72, 74, 75, 78, 82, 83, 89, 98, 103, 111,
112, 113, 116, 117, 130, 132, 133, 135, 139 y 144 de los Estatutos de la Real Federación
Española de Balonmano, autorizando su inscripción en el Registro de Asociaciones
Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el Artículo 31.7 de la Ley del Deporte y
Artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones
deportivas españolas y Registro de Asociaciones Deportivas, dispongo la publicación de
la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Balonmano,
contenida en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 9 de junio de 2022.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Franco Pardo.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Balonmano
«Artículo 36.
La Real Federación Española de Balonmano asume, como competencia
propia y exclusiva, el desarrollo normativo, la organización, la gestión y el
mantenimiento de la disciplina deportiva en las competiciones de balonmano de
ámbito estatal, tanto de pista como de playa, así como en las de carácter
internacional, en los términos establecidos al respecto.
Igualmente, la Real Federación Española de Balonmano asume, por
delegación, las funciones de carácter administrativo que se sean atribuidas por la
Ley o por acuerdos del Consejo Superior de Deportes, siendo estas últimas
indelegables; los acuerdos que se adopten en ejercicio de dichas funciones serán
susceptibles de recurso ante el Consejo Superior de Deportes, cuyas resoluciones
agotarán la vía administrativa.
Artículo 52.

A) Examen y aprobación, en su caso, del Informe económico y de la
liquidación del presupuesto del ejercicio anterior.
B) Examen y aprobación del presupuesto anual y su memoria económica.
C) Aprobación, en su caso, de la retribución del Presidente de la Real
Federación Española de Balonmano, en los términos exigidos en la legislación
deportiva aplicable.
D) Fijación de las cuotas de participación y licencias federativas.
E) Informe de la gestión deportiva del ejercicio anterior.

cve: BOE-A-2022-10336
Verificable en https://www.boe.es

Corresponde a la Asamblea General, en reunión ordinaria, los siguientes
asuntos: