III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Ayudas. (BOE-A-2022-10337)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, por el que se aprueban los criterios de distribución territorial y la distribución resultante para la ejecución de los créditos presupuestarios destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual, con cargo al "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia", y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 22 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 86665

Estos centros de crisis ofrecerán acompañamiento e información telefónica,
telemática y presencial, las 24 horas del día todos los días del año. Cumpliendo con
criterios de atención permanente y actuación urgente, los centros facilitarán atención
psicológica, jurídica y social para víctimas, familiares y personas del entorno, mediante
personal suficiente y cualificado.
Además, la entrada en funcionamiento del centro de crisis 24 horas tendrá que estar
precedida de la aprobación de un protocolo de actuación y coordinación de las personas
profesionales que integran el centro y de estas con los demás profesionales implicados
(por ejemplo, personal sanitario).
El importe total de esta inversión es de 66.000.000 euros y será ejecutada, por razón
de competencias, por las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de
Autonomía.
El cronograma previsto es el siguiente:
– 2021: Se ha repartido el 30 % de los fondos a las comunidades autónomas y
ciudades con Estatuto de Autonomía (19.800.000 euros).
– 2022: Autorización mediante Acuerdo del Consejo de Ministros para someter a la
Conferencia Sectorial de Igualdad los criterios de distribución y la distribución resultante
del 70 % de los fondos a las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de
Autonomía (46.200.000 euros) y aprobación por la citada Conferencia Sectorial.
– 2023: Puesta en condiciones de funcionamiento del servicio en todas las
provincias y ciudades con Estatuto de Autonomía.
Objetivo
La presente distribución territorial de créditos permitirá extender y hacer accesible los
centros de atención integral a las potenciales víctimas de todas las formas de violencia
contra las mujeres.
Dicho objetivo se encuadra en la medida prevista en la inversión número 4 del
Componente 22 (C22.I04) «Plan de Choque para la economía de los cuidados y refuerzo
de las políticas de igualdad e inclusión» del Plan de Recuperación, Trasformación y
Resiliencia.
La consecución del objetivo se cuantificará por los indicadores de medición que se
recogen más adelante y que quedan asociados al reparto de fondos, siendo de
obligatorio cumplimiento el suministro de la información de seguimiento que establezca
la Administración General del Estado, tanto de ejecución de gasto como de consecución
de objetivos y el logro de los indicadores en las cuantías asignadas de manera
individualizada cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía.
El cumplimiento del objetivo definido (la implementación de los centros a 31 de
diciembre de 2023) es obligatorio para que la comunidad autónoma y ciudad con
Estatuto de Autonomía pueda retener finalmente los fondos transferidos.
2.

Aplicación Presupuestaria

3.

Criterios de distribución del crédito entre las comunidades autónomas y Ciudades
con Estatuto de Autonomía para el proyecto de «creación de centros de atención
integral 24 horas a víctimas de violencia sexual»

La distribución territorial de los fondos se realiza tomando como referencia algunos
de los criterios que ya se han tenido en cuenta por la Delegación del Gobierno contra la
Violencia de Género para las transferencias corrientes de los programas de «Asistencia
Social Integral» y «Agresiones sexuales».

cve: BOE-A-2022-10337
Verificable en https://www.boe.es

La aplicación presupuestaria es la siguiente: 30.50.23VD.755 – Creación de centros
de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual.