I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. Precios. (BOE-A-2022-10296)
Resolución de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios definitivos del combustible gas natural del primer y segundo semestre de 2021 a aplicar en la liquidación de cada grupo generador en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares para dicho periodo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 22 de junio de 2022

Sec. I. Pág. 86152

redes locales y regasificación de gas para el año de gas 2022, de 27 de mayo de 2021,
en la Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre, por la que se establecen los cargos
del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos
básicos para el año de gas 2022, y en la Circular 7/2021, de 28 de julio, de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para
el cálculo, supervisión, valoración y liquidación de mermas en el sistema gasista.
Finalmente, el artículo 2 de la Orden ITC/1559/2010, de 11 de junio establece que a
los efectos del cálculo del precio de combustible el valor del poder calorífico inferior
(pci(i,h,j)) será el dato medio mensual proporcionado por el Gestor Técnico del Sistema
que corresponda al punto de entrega del grupo i del sistema eléctrico aislado j.
III
El Informe de supervisión del mercado mayorista y aprovisionamiento de gas del
periodo de diciembre de 2021 publicado por la Comisión Nacional los Mercados y la
Competencia, fija el coste medio mensual de aprovisionamiento del gas natural licuado
(Pm), expresado en €/MWh, para cada uno de los meses siguientes, en los valores que
se relacionan a continuación:
Primer semestre de 2021
ene-21

feb-21

mar-21

abr-21 may-21

jun-21

14,400 16,002 13,847 15,646 16,553 19,360

Segundo semestre de 2021
jul-21

ago-21

sep-21

oct-21

nov-21

dic-21

Los valores de poder calorífico (PC) en kWh/m3, el volumen mensual del gas natural
consumido (V) en MWh y el caudal diario (Qf) en kWh/día, que se han considerado para
el cálculo del precio del gas natural son los indicados en el anexo de esta resolución y
coinciden con los aplicados en la facturación mensual de cada grupo, tal y como se
indica en el artículo 2 de la Orden ITC/1559/2010, de 11 de junio, y en la Orden
TED/1021/2021, de 27 de septiembre.
Los valores de densidad relativa del gas natural consumido por el grupo en el periodo
de facturación, el porcentaje de entradas de gas natural en forma de Gas Natural
Licuado en relación con el total (54,52 % para el año 2021), el tamaño medio de buque
(894.413 MWh para el año 2021), y el número de días medio de almacenamiento de
GNL en plantas de regasificación (19,37 para el año 2021) que se han considerado para
el cálculo del precio del gas natural son obtenidos de los datos proporcionados por el
Gestor Técnico del Sistema Gasista. En relación con el número de días medio de
almacenamiento de GNL en plantas de regasificación, para su cálculo es necesario
conocer el volumen de gas talón almacenado en las plantas regasificadoras. Este dato,
según la información proporcionada por el Gestor Técnico del Sistema Gasista, se
considera constante en unidades de volumen (m3) con respecto al dato proporcionado
para los años precedentes, por lo que es preciso para su conversión a kWh el empleo
del factor de conversión (fconv) aprobado en la resolución de 26 de septiembre de 2021,
de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de
último recurso de gas natural, con un valor de 7.071 kWh/m3.

cve: BOE-A-2022-10296
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