I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Legionelosis. (BOE-A-2022-10297)
Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 86205
Recuento de Legionella spp.
UFC /L(*)
Medidas a adoptar
≥ 1 000 y < 10 000
– Revisar los programas, y realizar las correcciones oportunas, con el fin de disminuir la concentración de Legionella.
– Limpieza y desinfección.
– Realizar una nueva toma de muestra entre 15 y 30 días tras la limpieza y desinfección:
• Si esta muestra no detecta Legionella spp. tomar una nueva muestra al cabo de un mes. Si el resultado de la
segunda muestra es ausencia continuar con el mantenimiento previsto.
• Si en una de las dos muestras anteriores, da presencia, revisar el programa de mantenimiento y revisión e introducir
las reformas estructurales necesarias. Si supera las 1 000 UFC/l, proceder a realizar una limpieza y desinfección y una
nueva toma de muestras a los 15-30 días, tras la limpieza y desinfección.
≥ 10 000
Parar el funcionamiento de la instalación, vaciar el sistema en su caso.
Limpiar y realizar un tratamiento antes de reiniciar el servicio. Y realizar una nueva toma de muestra a los 15-30 días.
(*) UFC/L: Unidades Formadoras de Colonias por litro de agua.
Nota: Cuando los resultados del análisis de Legionella spp. son indeterminables se debe revisar el
circuito de agua para identificar los motivos (puntos de agua estancada, funcionamiento de válvulas antiretorno,
equilibrado, purgas, etc.) y el programa de mantenimiento y revisión, y realizar, si es necesario, una limpieza y
desinfección, incluyendo vaciado de depósitos en caso de su existencia. Asimismo, se debe proceder a un
nuevo muestreo y determinación de Legionella spp. hasta que se obtengan resultados determinables.
Las medidas descritas se llevarán a cabo sin perjuicio de las modificaciones que se
puedan dictaminar al respecto por parte de la autoridad sanitaria, o por parte del
responsable técnico previa autorización de la autoridad sanitaria, en función de los tipos
o localización de los puntos en los que se haya detectado Legionella spp.
Parte B.3 Sistemas de agua climatizada o con temperaturas similares a las
climatizadas (≥ 24 ºC) y aerosolización con agitación constante y recirculación a través
de chorros de alta velocidad y la inyección de aire (spas, jacuzzis, bañeras de
hidromasaje, tratamientos con chorros a presión, vasos de piscinas polivalente con este
tipo de instalaciones, vasos de piscinas con dispositivos de juego, zonas de juegos de
agua, entre otras).
Tabla 9. Medidas para instalaciones con sistemas de agua climatizada o con
temperaturas similares a las climatizadas (≥ 24 ºC) y aerosolización con agitación
constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad y la inyección de aire en
función de los resultados de Legionella spp.
Recuento de Legionella spp.
UFC/L (*)
≥ 100 y < 1 000
Mantener los programas actuales.
Revisar el programa de mantenimiento y revisión y el de tratamiento, a fin de establecer acciones correctoras que
disminuyan la concentración de Legionella spp.
Limpieza y desinfección.
Realizar una nueva toma de muestra entre 15 y 30 días tras la limpieza y desinfección:
‒ Si esta muestra no detecta continuar con el mantenimiento previsto.
‒ Si la muestra da presencia, revisar el programa de mantenimiento y revisión e introducir las reformas estructurales
necesarias. Proceder a realizar una limpieza y desinfección y realizar una nueva toma de muestras a los 15-30 días,
tras la limpieza y desinfección.
cve: BOE-A-2022-10297
Verificable en https://www.boe.es
No detectado o < 100
Medidas a adoptar
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 86205
Recuento de Legionella spp.
UFC /L(*)
Medidas a adoptar
≥ 1 000 y < 10 000
– Revisar los programas, y realizar las correcciones oportunas, con el fin de disminuir la concentración de Legionella.
– Limpieza y desinfección.
– Realizar una nueva toma de muestra entre 15 y 30 días tras la limpieza y desinfección:
• Si esta muestra no detecta Legionella spp. tomar una nueva muestra al cabo de un mes. Si el resultado de la
segunda muestra es ausencia continuar con el mantenimiento previsto.
• Si en una de las dos muestras anteriores, da presencia, revisar el programa de mantenimiento y revisión e introducir
las reformas estructurales necesarias. Si supera las 1 000 UFC/l, proceder a realizar una limpieza y desinfección y una
nueva toma de muestras a los 15-30 días, tras la limpieza y desinfección.
≥ 10 000
Parar el funcionamiento de la instalación, vaciar el sistema en su caso.
Limpiar y realizar un tratamiento antes de reiniciar el servicio. Y realizar una nueva toma de muestra a los 15-30 días.
(*) UFC/L: Unidades Formadoras de Colonias por litro de agua.
Nota: Cuando los resultados del análisis de Legionella spp. son indeterminables se debe revisar el
circuito de agua para identificar los motivos (puntos de agua estancada, funcionamiento de válvulas antiretorno,
equilibrado, purgas, etc.) y el programa de mantenimiento y revisión, y realizar, si es necesario, una limpieza y
desinfección, incluyendo vaciado de depósitos en caso de su existencia. Asimismo, se debe proceder a un
nuevo muestreo y determinación de Legionella spp. hasta que se obtengan resultados determinables.
Las medidas descritas se llevarán a cabo sin perjuicio de las modificaciones que se
puedan dictaminar al respecto por parte de la autoridad sanitaria, o por parte del
responsable técnico previa autorización de la autoridad sanitaria, en función de los tipos
o localización de los puntos en los que se haya detectado Legionella spp.
Parte B.3 Sistemas de agua climatizada o con temperaturas similares a las
climatizadas (≥ 24 ºC) y aerosolización con agitación constante y recirculación a través
de chorros de alta velocidad y la inyección de aire (spas, jacuzzis, bañeras de
hidromasaje, tratamientos con chorros a presión, vasos de piscinas polivalente con este
tipo de instalaciones, vasos de piscinas con dispositivos de juego, zonas de juegos de
agua, entre otras).
Tabla 9. Medidas para instalaciones con sistemas de agua climatizada o con
temperaturas similares a las climatizadas (≥ 24 ºC) y aerosolización con agitación
constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad y la inyección de aire en
función de los resultados de Legionella spp.
Recuento de Legionella spp.
UFC/L (*)
≥ 100 y < 1 000
Mantener los programas actuales.
Revisar el programa de mantenimiento y revisión y el de tratamiento, a fin de establecer acciones correctoras que
disminuyan la concentración de Legionella spp.
Limpieza y desinfección.
Realizar una nueva toma de muestra entre 15 y 30 días tras la limpieza y desinfección:
‒ Si esta muestra no detecta continuar con el mantenimiento previsto.
‒ Si la muestra da presencia, revisar el programa de mantenimiento y revisión e introducir las reformas estructurales
necesarias. Proceder a realizar una limpieza y desinfección y realizar una nueva toma de muestras a los 15-30 días,
tras la limpieza y desinfección.
cve: BOE-A-2022-10297
Verificable en https://www.boe.es
No detectado o < 100
Medidas a adoptar