I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Legionelosis. (BOE-A-2022-10297)
Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 22 de junio de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE SANIDAD
10297

Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los
requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.

La legionelosis es una enfermedad bacteriana de origen ambiental que suele
presentar dos formas clínicas diferenciadas: la infección pulmonar o «Enfermedad del
Legionario», que se caracteriza por neumonía con fiebre alta, y la forma no neumónica,
conocida como «Fiebre de Pontiac», que se manifiesta como un síndrome febril agudo y
de pronóstico leve. En ambas situaciones puede presentarse en forma de brotes o de
casos aislados o esporádicos.
La legionelosis es una de las enfermedades objeto de declaración obligatoria
figurando, como tal, en el anexo I del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el
que se crea la red nacional de vigilancia epidemiológica, siendo los casos y brotes objeto
de notificación a través de dicha red, lo que permite la recogida y análisis de la
información sobre casos y brotes de legionelosis con el fin de poder detectar problemas,
valorar los cambios en el tiempo y en el espacio y contribuir a la aplicación de medidas
preventivas y de control frente a dicha enfermedad.
La infección por Legionella generalmente es adquirida en los ámbitos comunitario y
nosocomial, siendo necesario distinguir en su vigilancia epidemiológica entre estos casos
y los asociados a viajes o producidos en otros ámbitos. En ambos supuestos, la
enfermedad puede estar asociada a dispositivos y sistemas que utilizan agua a
temperaturas que permiten la proliferación de la bacteria y producen aerosoles durante
su funcionamiento. Las variaciones de la temperatura del agua a lo largo del circuito
hidráulico de la instalación, junto con el estancamiento y la presencia de biofilms o
biocapa, las incrustaciones calcáreas, la corrosión o los precipitados minerales son
factores que propician la proliferación de Legionella.
Legionella es una bacteria ambiental capaz de sobrevivir en un amplio intervalo de
condiciones físico-químicas, multiplicándose a temperaturas entre 20 ºC y 50 ºC. Su
temperatura óptima de crecimiento se da entre los 35 ºC y 37 ºC. Su nicho ecológico
natural son las aguas superficiales, como lagos, ríos, estanques, formando parte de su
flora bacteriana sin descartar el agua de mar. Desde estos reservorios naturales, la
bacteria puede colonizar los sistemas de abastecimiento y, a través de la red de
distribución de agua, se incorpora a los sistemas de agua sanitaria (fría o caliente) u
otros sistemas que requieren agua para su funcionamiento, como las torres de
refrigeración.
La presencia de agua contaminada con la bacteria en instalaciones mal diseñadas,
mal instaladas, sin mantenimiento o con un mantenimiento inadecuado favorece el
estancamiento del agua y la acumulación de productos nutrientes para ella, tales como
lodos, materia orgánica, materias de corrosión y amebas, formando una biocapa. La
presencia de esta biocapa, junto a una temperatura propicia, explica la multiplicación de
Legionella hasta concentraciones infectantes para el ser humano. Si existe en la
instalación un mecanismo productor de aerosoles, la bacteria puede dispersarse al aire.
Los aerosoles que contienen la bacteria pueden permanecer suspendidos en el aire y
penetrar por inhalación en el aparato respiratorio de las personas expuestas.
Si bien las instalaciones que con mayor frecuencia se han identificado como fuentes de
infección por Legionella, son los sistemas de distribución de agua fría de consumo humano
o agua caliente sanitaria, los equipos de enfriamiento, tales como las torres de refrigeración,
y los condensadores evaporativos, otros tipos de instalaciones o equipos, tales como los

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