III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Foro para la Integración Social de los Inmigrantes. (BOE-A-2022-10338)
Orden ISM/568/2022, de 10 de junio, por la que se desarrolla y convoca proceso selectivo para la designación de vocales del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, en representación de las organizaciones sindicales, así como de las organizaciones empresariales, complementario al de la Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 22 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 86678

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
10338

Orden ISM/568/2022, de 10 de junio, por la que se desarrolla y convoca
proceso selectivo para la designación de vocales del Foro para la Integración
Social de los Inmigrantes, en representación de las organizaciones
sindicales, así como de las organizaciones empresariales, complementario al
de la Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre.

El artículo 70.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece que el Foro
para la Integración Social de los Inmigrantes, constituido de forma tripartita y equilibrada,
está integrado por representantes de las Administraciones Públicas, de las asociaciones
de inmigrantes y de otras organizaciones con interés e implantación en el ámbito
migratorio, incluyendo entre ellas a las organizaciones sindicales y empresariales más
representativas, y constituye el órgano de consulta, información y asesoramiento en
materia de integración de los inmigrantes.
Dicho precepto ha sido desarrollado por el Real Decreto 1164/2009, de 10 de julio,
por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro
para la Integración Social de los Inmigrantes.

Mediante Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre, se desarrolló y convocó el
último proceso selectivo para la designación de vocales del Foro para la Integración
Social de los Inmigrantes en representación de las asociaciones de inmigrantes y
refugiados, así como de las organizaciones sociales de apoyo. De conformidad con el
artículo 1 de dicha orden y el artículo 8, apartados 4 y 5, del Real Decreto 3/2006, de 16
de enero, los representantes para cubrir dichas vocalías se distribuyen de la siguiente
forma: Diez, en representación de los inmigrantes y refugiados, a través de sus
asociaciones; diez, en representación de las organizaciones sociales de apoyo, de los
cuales seis representantes de organizaciones no gubernamentales relacionadas con los
inmigrantes y refugiados, dos en representación de las organizaciones sindicales y dos
en representación de las organizaciones empresariales más representativas.
Por Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de
Migraciones, se publicaron las entidades propuestas y excluidas para cubrir las vocalías
del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de las
asociaciones de inmigrantes y refugiados y de las organizaciones sociales de apoyo.
Posteriormente, mediante Orden ISM/1429/2021, de 13 de diciembre, se designaron
las entidades seleccionadas que figuraban en el anexo para cubrir las vocalías del Foro
para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de asociaciones de
inmigrantes y refugiados y de organizaciones sociales de apoyo. No obstante, dos de las

cve: BOE-A-2022-10338
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«El artículo 9 del Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, relativo a la designación de
los vocales en representación de asociaciones de inmigrantes y refugiados y de
organizaciones sociales de apoyo, establece que estos serán designados por el Ministro
de Trabajo y Asuntos Sociales, actual Ministro de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, a propuesta del Secretario de Estado de Inmigración y Emigración, actual
Secretario de Estado de Migraciones, entre las candidaturas que las propias
asociaciones de inmigrantes y refugiados y organizaciones sociales de apoyo hubiesen
presentado y en función del resultado del proceso de selección de dichas entidades, que
se hará mediante un procedimiento de convocatoria pública efectuada a través de orden
del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.»