III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-10334)
Orden ICT/567/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 86647

Se valorará que el proyecto esté alineado con los retos y planes locales de
actuación en los que se encuentren incluidos indicadores medibles que permitan
asegurar la viabilidad de la propuesta, justificando su coherencia con los
instrumentos de ordenación del territorio de carácter más general.
Se valorará la claridad en la identificación del problema y las necesidades que
se esperan resolver con la solución planteada.
Se valorará la inclusión de un plan de evaluación de resultados e impactos que
se pretender obtener con el desarrollo del proyecto.
2.º Capacidad de mejorar el atractivo turístico y atraer a nuevos perfiles de
turistas y visitantes de la zona. Se valorará la exposición y justificación del objetivo
propuesto. (0 a 10 puntos).
Se valorarán las inversiones en la vía pública (ornamentación,
ensanchamiento de aceras, mejora de la accesibilidad, eliminación de barreras
urbanísticas y mejora de la transitabilidad peatonal, instalaciones para la mejora
de la movilidad, mejora del mobiliario urbano, plazas de aparcamiento, señalética
comercial y turística).
Se valorará la propuesta conjunta o en colaboración entre comercios y/o
municipios, para atraer el turismo a la zona. Se valorará que el proyecto tenga
identificada la necesidad de los comerciantes, su capacidad para fortalecer el
tejido comercial y/o la colaboración entre los comercios en la misma área de
actuación para atraer el turismo.
3.º Capacidad de mejora de los servicios prestados a los turistas y visitantes
de la zona, tanto en los comercios como en las zonas comerciales y alrededores.
Se valorará la exposición y justificación del objetivo propuesto. (0 a 5 puntos).
Se valorará la mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente
(conducta/comportamiento), nacional y extranjero, y su fidelización, mediante el
uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
Se valorará la oferta de servicios y/o productos de potencial demanda por
visitantes o turistas nacionales y/o internacionales. Se valorará la capacidad del
proyecto en identificar el interés de turistas o visitantes por el producto/servicio
ofrecido y/o disponible, o bien facilite los servicios a visitantes, o fomente el
turismo de compras.
b) Capacidad del proyecto de dinamizar, actualizar y enriquecer la oferta
comercial del municipio. Se valorará la exposición y justificación de cómo el
proyecto actuará de forma positiva en el objetivo propuesto (0 a 15 puntos).
Se valorará la publicidad y presencia en diferentes canales o soportes digitales
utilizados por el turista, que contribuyan a aumentar el tráfico y la fidelización de
los clientes. Actuaciones de animación comercial a pie de calle con eventos,
ofertas, etc.
c) Contribución del proyecto a la mejora de la calidad ambiental, la eficiencia
energética y la economía circular. Se valorará la exposición y justificación de cómo
el proyecto actuará de forma positiva en el objetivo propuesto (0 a 15 puntos):
1.º Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y
de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras
alternativas más respetuosas con el medio ambiente: 3 puntos.
2.º Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y
devolución del producto mediante la adopción de nuevas tecnologías y
ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto
medioambiental, prestando especial atención a la última milla: 3 puntos.
3.º Implementación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en
el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales,
instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes, de reciclado y
reutilización de residuos: 3 puntos.

cve: BOE-A-2022-10334
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Núm. 148