III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-10334)
Orden ICT/567/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 22 de junio de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Orden ICT/567/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden
ICT/951/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases
reguladoras de las líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad
comercial en zonas turísticas y se procede a su convocatoria en el año 2021,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, establece las bases reguladoras de
las líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas
y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Los proyectos que constituyen el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia
de España permitirán la realización de reformas estructurales en los próximos años,
mediante cambios normativos e inversiones que posibiliten, por un lado, un cambio del
modelo productivo para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por la
COVID-19 y, por otro, una transformación hacia una estructura más resiliente que
permita que nuestro modelo sepa enfrentar con éxito otras posibles crisis o desafíos en
el futuro.
En atención a la necesaria urgencia para otorgar ayudas en el marco de los fondos
europeos «Next Generation EU» y de conformidad con el artículo 61 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia la Orden ICT 951/2021, de 10 de
septiembre, incorporó la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2021.
La experiencia en la gestión de la convocatoria del año 2021, regulada conforme a lo
establecido en la citada Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, ha puesto de
manifiesto la necesidad de realizar modificaciones puntuales en su articulado con el fin
de actualizar y perfeccionar las bases reguladoras y, de este modo, mejorar la
accesibilidad por parte del beneficiario y su aplicabilidad por parte de la administración.
Así mismo, dado el elevado número de solicitudes recibidas, que no ha podido ser
atendido por la limitación presupuestaria existente, se limita la ayuda que un potencial
beneficiario pueda recibir a un importe máximo en orden a poder alcanzar un mayor
número de beneficiarios y un mayor reparto de las ayudas a conceder. Junto a ello, se
adapta la norma a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
en lo relativo a los modelos de declaraciones responsables exigibles en el marco del plan
de recuperación.
En la elaboración y tramitación de esta orden se han observado los principios de
buena regulación previstos en el artículo 129 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de
necesidad y eficacia dado el interés general en el que se fundamenta el contenido de la
disposición. La norma es acorde con el principio de proporcionalidad, al contener la
regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente
mencionados. Igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica, siendo coherente
con el resto del ordenamiento jurídico. En cuanto al principio de transparencia, la norma
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
En la tramitación de esta orden, se ha recabado el informe de la Abogacía del Estado
y la Intervención Delegada en el Departamento, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 61.2 del Real Decreto-

cve: BOE-A-2022-10334
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