III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Convenios. (BOE-A-2022-10228)
Resolución de 8 de junio de 2022, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., en el área del comportamiento termomecánico de combustible para el proyecto "Metodologías de análisis termomecánico de combustible".
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Lunes 20 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 85587
La denuncia del convenio se comunicará a través de la Comisión de Seguimiento,
con 3 meses de antelación a la fecha en la que desee la terminación del mismo.
En caso de resolución del convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de
sus respectivos compromisos hasta la fecha en que ésta se produzca, y dará lugar a la
liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de
cada una de las partes en los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015.
Duodécima.
Régimen jurídico y jurisdicción/resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y será regulado por lo dispuesto
en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
El presente convenio está sujeto al derecho administrativo. La interpretación del
convenio se realizará bajo el principio de buena fe y confianza legítima entre las partes.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del contenido del presente convenio se resolverán de mutuo
acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de
Seguimiento establecida en la cláusula cuarta. Si no fuera posible alcanzar un acuerdo,
serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad con lo expresado y de vinculación con el presente
convenio, lo firman por duplicado y se comprometen a ejecutarlo, en Madrid, a 7 de junio
de 2022.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos Lentijo
Lentijo.–Por el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas,
O.A., M.P., la Directora General, Yolanda Benito Moreno.
ANEXO 1
Memoria técnica
Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y el Centro de Investigaciones Energéticas
Medioambientales y Tecnológicas O.A., M.P. en el área del comportamiento termomecánico
de combustible para el proyecto: «Metodologías de Análisis Termomecánico de Combustible»
1.
Antecedentes.
2.
Contexto y objetivos.
El objetivo general de las colaboraciones específicas mantenidas previamente entre
CSN y CIEMAT en el área de comportamiento termomecánico del combustible ha sido
mejorar el conocimiento del comportamiento del combustible (primera barrera para evitar
la dispersión de material radiactivo) en las actuales condiciones de operación más
demandantes (aumento de enriquecimiento, alto quemado, mayor densidad de potencia
lineal), bajo cualquier condición de operación, particularmente, durante accidentes de
inserción de reactividad (RIA) y de pérdida de refrigerante (LOCA).
cve: BOE-A-2022-10228
Verificable en https://www.boe.es
Con fecha 30 de noviembre de 2011 el CSN y el CIEMAT suscribieron un Acuerdo
Específico de Colaboración en el área del comportamiento termomecánico del
combustible (TERMOMEC), concluyendo los trabajos de I+D en 2015.
Los resultados de este proyecto de I+D se han publicado en diversos congresos,
sirviendo como referencias técnicas para el avance en todo este ámbito del
conocimiento. Se incluyen los más relevantes en el apartado posterior de referencias.
También se incluyen los documentos que se obtuvieron sobre metodología de
análisis termomecánico, tanto para accidente de inyección de reactividad (RIA) como
accidente de pérdida de refrigerante (LOCA), que han proporcionado una base sobre la
que poder realizar mejores evaluaciones de los nuevos análisis, y que la nueva
normativa sobre accidentes base de diseño hará necesarios.
Núm. 146
Lunes 20 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 85587
La denuncia del convenio se comunicará a través de la Comisión de Seguimiento,
con 3 meses de antelación a la fecha en la que desee la terminación del mismo.
En caso de resolución del convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de
sus respectivos compromisos hasta la fecha en que ésta se produzca, y dará lugar a la
liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de
cada una de las partes en los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015.
Duodécima.
Régimen jurídico y jurisdicción/resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y será regulado por lo dispuesto
en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
El presente convenio está sujeto al derecho administrativo. La interpretación del
convenio se realizará bajo el principio de buena fe y confianza legítima entre las partes.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del contenido del presente convenio se resolverán de mutuo
acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de
Seguimiento establecida en la cláusula cuarta. Si no fuera posible alcanzar un acuerdo,
serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad con lo expresado y de vinculación con el presente
convenio, lo firman por duplicado y se comprometen a ejecutarlo, en Madrid, a 7 de junio
de 2022.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos Lentijo
Lentijo.–Por el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas,
O.A., M.P., la Directora General, Yolanda Benito Moreno.
ANEXO 1
Memoria técnica
Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y el Centro de Investigaciones Energéticas
Medioambientales y Tecnológicas O.A., M.P. en el área del comportamiento termomecánico
de combustible para el proyecto: «Metodologías de Análisis Termomecánico de Combustible»
1.
Antecedentes.
2.
Contexto y objetivos.
El objetivo general de las colaboraciones específicas mantenidas previamente entre
CSN y CIEMAT en el área de comportamiento termomecánico del combustible ha sido
mejorar el conocimiento del comportamiento del combustible (primera barrera para evitar
la dispersión de material radiactivo) en las actuales condiciones de operación más
demandantes (aumento de enriquecimiento, alto quemado, mayor densidad de potencia
lineal), bajo cualquier condición de operación, particularmente, durante accidentes de
inserción de reactividad (RIA) y de pérdida de refrigerante (LOCA).
cve: BOE-A-2022-10228
Verificable en https://www.boe.es
Con fecha 30 de noviembre de 2011 el CSN y el CIEMAT suscribieron un Acuerdo
Específico de Colaboración en el área del comportamiento termomecánico del
combustible (TERMOMEC), concluyendo los trabajos de I+D en 2015.
Los resultados de este proyecto de I+D se han publicado en diversos congresos,
sirviendo como referencias técnicas para el avance en todo este ámbito del
conocimiento. Se incluyen los más relevantes en el apartado posterior de referencias.
También se incluyen los documentos que se obtuvieron sobre metodología de
análisis termomecánico, tanto para accidente de inyección de reactividad (RIA) como
accidente de pérdida de refrigerante (LOCA), que han proporcionado una base sobre la
que poder realizar mejores evaluaciones de los nuevos análisis, y que la nueva
normativa sobre accidentes base de diseño hará necesarios.