III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-8627)
Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estudio informativo del soterramiento del ferrocarril en Torrelavega (Cantabria)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 26 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 72223
planteadas, siendo la única diferencia la excavación que supone 7.869,5 m3 adicionales
para la alternativa 2 al tener que profundizar más.
Actuación.
Soterramiento y
variante exterior.
Volumen a vertedero (m3)* Se ha aplicado el coeficiente de esponjamiento
de 1,2, para suelos inadecuados.
Alternativa 1
Alternativa 2
173.962,521
181.832,021
Entre las medidas preventivas y correctoras incluidas en el EsIA se encuentra el
control de la superficie de ocupación exterior a la zona de obras, control de suelos
contaminados y recuperación de la capa superior de tierra vegetal.
El promotor indica que las dos alternativas planteadas son excedentarias,
concluyendo que será en el proyecto constructivo donde se concreten las superficies
óptimas, dando prioridad a los centros de valoración, seguido de las canteras en activo y
como última opción las zonas degradadas situadas en áreas admisibles, evitando
afecciones a elementos ambientales y respetando los criterios de capacidad de acogida.
Propone 8 zonas de posibles vertederos que presentan capacidad suficiente para
albergar los excedentes de tierras ligados a la ejecución del proyecto.
Respecto a los impactos provocados por las ubicaciones propuestas para el depósito
de los excedentes de tierras, en los centros de valoración y en las canteras activas no se
producirán impactos negativos, siendo compatibles los impactos por incremento de
emisiones generadas por motores de combustión, incremento de polvo en suspensión,
incremento del ruido e incremento del tráfico.
Sobre los materiales contaminados, el promotor indica que, dentro del ámbito de la
actuación, se identifica una nave con actividad potencialmente contaminante del suelo,
según la citada Orden PRA/1080/2017 que será objeto de demolición para ocupar el
espacio en favor de una ZIA. Respecto al balasto, la zona de vías que pudiese estar
afectada es la playa de vías frente a los andenes. La presencia de balasto contaminado
por sustancias peligrosas puede suponer que el suelo subyacente también esté
contaminado, por lo que se deberá proceder a su retirada y considerar su clasificación
como residuo peligroso.
Respecto a las medidas correctoras, en el proyecto constructivo se deberá
determinar la presencia de suelos contaminados y en la fase de obras se deberá llevar a
cabo una serie de análisis, campañas e investigaciones en diferentes fases. Dado que
no hay un desarrollo específico a nivel nacional para proponer las fases de estudio, el
promotor ha considerado la normativa y diversas guías desarrolladas en el País Vasco y
la Comunidad de Madrid.
El promotor propone seis zonas de instalaciones auxiliares de obras, tres de ellas
localizadas en el ámbito del soterramiento y las restantes en la variante exterior.
En relación a la hidrología superficial, el trazado proyectado se enclava en la
Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. Los ríos de entidad próximos al
ámbito de estudio son el río Saja, el río Besaya y el arroyo Sorravides I.
Al tratarse de un ámbito totalmente urbano, el drenaje superficial natural ha sido
sustituido por colectores subterráneos que conducen las aguas pluviales. Los
encauzamientos del arroyo del Cristo, arroyo de la Indiana y arroyo de Sorravides se van
a ver afectados por el proyecto. Sin embargo, el promotor no los considera cauces
naturales al encontrarse canalizados.
Del EsIA se desprende que el principal impacto sobre la hidrología superficial durante
la fase de obras, tanto en la construcción del soterramiento como en la ejecución de la
variante exterior, es el riesgo de contaminación de las aguas a causa de los movimientos
de tierras y maquinaria. El promotor califica dicho impacto como compatible y reversible.
cve: BOE-A-2022-8627
Verificable en https://www.boe.es
– Agua.
Núm. 125
Jueves 26 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 72223
planteadas, siendo la única diferencia la excavación que supone 7.869,5 m3 adicionales
para la alternativa 2 al tener que profundizar más.
Actuación.
Soterramiento y
variante exterior.
Volumen a vertedero (m3)* Se ha aplicado el coeficiente de esponjamiento
de 1,2, para suelos inadecuados.
Alternativa 1
Alternativa 2
173.962,521
181.832,021
Entre las medidas preventivas y correctoras incluidas en el EsIA se encuentra el
control de la superficie de ocupación exterior a la zona de obras, control de suelos
contaminados y recuperación de la capa superior de tierra vegetal.
El promotor indica que las dos alternativas planteadas son excedentarias,
concluyendo que será en el proyecto constructivo donde se concreten las superficies
óptimas, dando prioridad a los centros de valoración, seguido de las canteras en activo y
como última opción las zonas degradadas situadas en áreas admisibles, evitando
afecciones a elementos ambientales y respetando los criterios de capacidad de acogida.
Propone 8 zonas de posibles vertederos que presentan capacidad suficiente para
albergar los excedentes de tierras ligados a la ejecución del proyecto.
Respecto a los impactos provocados por las ubicaciones propuestas para el depósito
de los excedentes de tierras, en los centros de valoración y en las canteras activas no se
producirán impactos negativos, siendo compatibles los impactos por incremento de
emisiones generadas por motores de combustión, incremento de polvo en suspensión,
incremento del ruido e incremento del tráfico.
Sobre los materiales contaminados, el promotor indica que, dentro del ámbito de la
actuación, se identifica una nave con actividad potencialmente contaminante del suelo,
según la citada Orden PRA/1080/2017 que será objeto de demolición para ocupar el
espacio en favor de una ZIA. Respecto al balasto, la zona de vías que pudiese estar
afectada es la playa de vías frente a los andenes. La presencia de balasto contaminado
por sustancias peligrosas puede suponer que el suelo subyacente también esté
contaminado, por lo que se deberá proceder a su retirada y considerar su clasificación
como residuo peligroso.
Respecto a las medidas correctoras, en el proyecto constructivo se deberá
determinar la presencia de suelos contaminados y en la fase de obras se deberá llevar a
cabo una serie de análisis, campañas e investigaciones en diferentes fases. Dado que
no hay un desarrollo específico a nivel nacional para proponer las fases de estudio, el
promotor ha considerado la normativa y diversas guías desarrolladas en el País Vasco y
la Comunidad de Madrid.
El promotor propone seis zonas de instalaciones auxiliares de obras, tres de ellas
localizadas en el ámbito del soterramiento y las restantes en la variante exterior.
En relación a la hidrología superficial, el trazado proyectado se enclava en la
Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. Los ríos de entidad próximos al
ámbito de estudio son el río Saja, el río Besaya y el arroyo Sorravides I.
Al tratarse de un ámbito totalmente urbano, el drenaje superficial natural ha sido
sustituido por colectores subterráneos que conducen las aguas pluviales. Los
encauzamientos del arroyo del Cristo, arroyo de la Indiana y arroyo de Sorravides se van
a ver afectados por el proyecto. Sin embargo, el promotor no los considera cauces
naturales al encontrarse canalizados.
Del EsIA se desprende que el principal impacto sobre la hidrología superficial durante
la fase de obras, tanto en la construcción del soterramiento como en la ejecución de la
variante exterior, es el riesgo de contaminación de las aguas a causa de los movimientos
de tierras y maquinaria. El promotor califica dicho impacto como compatible y reversible.
cve: BOE-A-2022-8627
Verificable en https://www.boe.es
– Agua.