III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-8625)
Orden EFP/470/2022, de 17 de mayo, por la que se autoriza la implantación de programas formativos de formación profesional para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales en el Centro de Educación Especial San Antonio y en el IES Puertas del Campo de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Jueves 26 de mayo de 2022

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industria alimentaria, tendrá valor académico y carácter acumulable para la obtención de
un título profesional básico.
Para el «Programa Formativo en Reprografía» la superación de alguno de los
módulos profesionales siguientes: 3123-Informática básica aplicada en industrias
gráficas; 3124-Trabajo en reprografía; 3125-Acabados en reprografía y finalización de
productos gráficos; 3126-Operaciones de almacén en industrias gráficas; 3128Manipulados en industrias gráficas, tendrán valor académico y carácter acumulable para
la obtención de un título profesional básico.
Cuarto.
La superación de los módulos profesionales específicos incluidos en los respectivos
programas formativos contenidos en los anexos I y II de esta orden, no tendrá validez
académica. No obstante, podrá tener los efectos que se deriven de lo establecido en el
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Quinto.
Se autoriza a la Secretaría General de Formación Profesional para dictar las
Instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que exijan la implantación de
las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.
Disposición final.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 17 de mayo de 2022.–La Ministra de Educación y Formación Profesional,
P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), la Secretaria General de Formación
Profesional, Clara Sanz López.
ANEXO I
Programa formativo de formación profesional para alumnos y alumnas con
necesidades educativas especiales en el Centro de Educación Especial San
Antonio de Ceuta
1.

Identificación del programa formativo.

Denominación: Programa Formativo en Actividades de Panadería y Pastelería.
Duración: 2.000 horas.
Familia Profesional: Hostelería y Turismo e Industrias Alimentarias.
Destinatarios.

El programa pretende dar respuesta a alumnos con necesidades educativas
especiales en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero,
por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las
enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos
profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real
Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y
profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
La formación presentada se dirige a alumnado procedente, con carácter general, del
Centro de Educación Especial San Antonio de Ceuta, con necesidades educativas
especiales en edad comprendida entre los 16 y 21 años, excepcionalmente 15 años, que
reúnen requisitos establecidos en la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que

cve: BOE-A-2022-8625
Verificable en https://www.boe.es

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